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La Corte Suprema ratificó la decisión del CNAD de inhabilitar a perpetuidad al maestro de equitación y Coronel (R) del Ejército Oscar Coddou Molina, condenado por abuso sexual contra deportistas. El fallo del Tribunal Oral en lo Penal de Osorno del año 2024 fue respaldado, señalando que el CNAD tiene competencia para sancionar de acuerdo al protocolo contra acoso y maltrato en deporte. La defensa del CNAD, a cargo de Héctor Ruiz Vargas, fue clave en la sentencia, que dejó claro el rechazo a las conductas que van en contra de los principios deportivos. Con esto, Coddou quedó inhabilitado de por vida en actividades deportivas, tras intentar sin éxito revertir la resolución en instancias superiores.

La Tercera Sala de la Corte Suprema respaldó la decisión del Comité Nacional de Arbitraje Deportivo (CNAD) de inhabilitar a perpetuidad para participar en cualquier actividad deportiva al maestro de equitación y Coronel (R) del Ejército Oscar Coddou Molina, luego de ser condenado por abuso sexual contra deportistas de las cuales era profesor.

El fallo fue decretado por el Tribunal Oral en lo Penal de Osorno en octubre del año 2024, pero ahora, la Corte Suprema ratificó veredicto en contra de Coddou.

La CT en su sentencia fijada este miércoles 22 de enero de indicó que el CNAD “resulta competente para sancionar al actor de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N°22 de 2020 que aprueba protocolo general para la prevención y sanción de acoso sexual, discriminación y maltrato en la actividad deportiva profesional”.

Así también destacaron que “toda organización deportiva deberá adoptar las medidas necesarias para prevenir y sancionar las conductas de acoso sexual, abuso sexual, discriminación y maltrato, que pudiere ocurrir entre sus trabajadores, dirigentes, entrenadores y deportistas”.

El recurso de protección que no funcionó

Cabe recordar que este caso se inició por un recurso de protección interpuesto por Coddou al considerar arbitrario e ilegal la resolución del CNAD de 31 de octubre de 2023.

Dicha acción fue rechazada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Luego fue reclamado por el condenado, ante el Tribunal Constitucional donde igualmente fue desechada su pretensión.

La defensa del CNAD estuvo a cargo del abogado Héctor Ruiz Vargas miembro titular y Secretario del organismo.

Quien manifestó su conformidad con el fallo fue el presidente del CNAD, Eduardo Arévalo, quien afirmó que “quedó asentado con total claridad la competencia Comité Nacional de Arbitraje Deportivo para conocer de estas conductas y aplicar sanciones proporcionales a la magnitud y entidad del daño que se comete, conductas que se alejan de los principios más esenciales del deporte”.

De esta manera, el CNAD resolvió que “condénese a don Óscar Hernán Coddou Molina, cédula nacional de identidad número 6.069.864-3, a la inhabilitación a perpetuidad para participar en organizaciones deportivas”.