La querella por injurias y calumnias que presentó el exárbitro Patricio Polic contra el periodista Manuel de Tezanos fue declarada inadmisible por el 4to Juzgado de Garantías de Santiago.
La medida legal acusaba al conductor de tv y creador de contenidos para redes sociales de injuriar al exjuez en un video subido específicamente el 12 de agosto de 2024, y que se titula “El robo más grande en la historia de la Copa Sudamericana”.
En el ‘short’, De Tezanos repasa lo ocurrido en el polémico y recordado duelo entre Provincial Osorno y Universidad Católica del 2 de septiembre de 2003, válido por la fase nacional de la Copa Sudamericana.
Según cuenta De Tezanos en el video, durante el juego se dio un “robo a mano armada”, por parte de Polic, los que terminaron incidiendo en el resultado final: Universidad Católica pasó por penales y Polic quedó como “persona non grata” en Osorno.
Jueza rechaza querella de Polic y que lo dicho por De Tezanos es en “lenguaje propio del comentario deportivo”
Tras revisar los antecedentes presentados por la parte querellada, la jueza María Carolina Herrera, del 4to Juzgado de Garantía de Santiago, desechó la querella.
En el escrito, al que tuvo acceso BioBioChile, la jueza detalla que lo dicho por Manuel de Tezanos son expresiones proferidas “en contexto del análisis de un partido de fútbol efectuado” y con un “lenguaje propio del comentario deportivo”.
Agrega que en un estado democrático de derecho, como el de Chile, es “pilar fundamental” la libertad de expresión en asuntos de interés público como el deporte.
Es decir, que Manuel De Tezanos dijera que lo cometido por Patricio Polic aquel septiembre de 2003 en Osorno “es quizás el robo más grande de la historia de la Copa Sudamericana” se enmarca “en el legítimo derecho constitucional de la querellada de emitir opinión“.
“El núcleo de la imputación”, dice la jueza Herrera Cortés-monroy, son afirmaciones efectuadas en el ejercicio constitucional del derecho de opinar, “consagrado en el artículo 19 N° 12 de la Constitución”.
Eso sí, sobre el final de la resolución que declara inadmisible la querella de Polic sobre De Tezanos, la jueza advierte que “si se estimare que hubo un ejercicio abusivo del derecho que afectó otros derechos, corresponde el ejercicio de otras acciones para la imposición de responsabilidades ulteriores, siempre de carácter excepcional, siendo el derecho penal la solución de última ratio”.