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La Segunda Sala del Tribunal de Disciplina confirmó la sanción contra Santiago Morning por no pagar cotizaciones previsionales, ratificando la resta de tres puntos para el equipo en el Campeonato de la Primera B 2025. La sanción se debe a los pagos atrasados del mes de octubre de 2024 para todo el plantel. El Tribunal explicó que la penalización se aplicó en la temporada 2025 para no afectar la competencia anterior, respetando los logros obtenidos en la cancha por otros equipos. Se destaca que, a pesar de la infracción, Santiago Morning no obtuvo beneficios deportivos de su participación en la liguilla.
La Segunda Sala del Tribunal de Disciplina confirmó este lunes la sanción de la Primera Sala, dada a conocer el pasado 23 de diciembre, contra Santiago Morning por el no pago de cotizaciones previsionales.
El organismo autónomo de la ANFP ratificó así la resta de tres puntos para el conjunto microbusero, que se hará efectiva para el Campeonato de la Primera B 2025.
En la resolución se apunta que la pena se debe por “no haber pagado oportunamente las cotizaciones previsionales correspondientes al mes de octubre de 2024, respecto de la totalidad de los integrantes de su plantel”.
“La sanción deberá hacerse efectiva descontando tres puntos de aquellos que obtenga en el futuro, en el Torneo de Primera B, correspondiente a la temporada 2025”, agrega.
Además, el Tribunal aclaró por qué decidió aplicar el castigo para la serie de plata 2025 y no para el torneo 2024. “En términos concretos -el restar puntos en la campaña pasada- hubiera significado no clasificar a la liguilla final del torneo, oportunidad donde el club infractor no resultó ganador”, menciona.
“Al respecto, a juicio del voto de mayoría, y en reconocimiento del principio pro competitione que nos encomienda respetar los logros deportivos obtenidos deportivamente en la cancha, existe la imposibilidad de rehacer una liguilla ya jugada, con equipos que se desarmaron y terminaron su actividad deportiva de la temporada, oportunidad además, en la cual equipos distintos al infractor obtuvieron legítimamente y en cancha logros deportivos”, agrega.
Para cerrar, la Segunda Sala afirma que “si bien no hay dudas respecto a que el Club Santiago Morning cometió una infracción, no obtuvo beneficios deportivos derivados de su participación en la liguilla”.
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