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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El Tribunal de Arbitraje del Deporte (TAS) rechazó las apelaciones de León y Pachuca ante la FIFA por incumplimiento del reglamento de multipropiedad en el Mundial de Clubes 2025, siendo excluido León. Alajuelense demandó ser incluido como sustituto, pero el TAS también rechazó su solicitud. La FIFA designará al reemplazo de León en el torneo que se celebrará en EE. UU.

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) ha rechazado las apelaciones presentadas por los clubes León -del chileno Rodrigo Echeverría- Pachuca y Alajuelense ante la decisión de la FIFA relacionadas con el Mundial de Clubes 2025 y será el máximo organismo futbolístico mundial quien designe el que reemplace al primero de ellos en dicho evento.

La FIFA, por medio de su Comisión de Apelación, había decidido el último marzo que los mexicanos Pachuca y León, ambos pertenecientes al Grupo Pachuca y clasificados entre los 32 equipos que disputarán el Mundial de Clubes que se celebrará en Estados Unidos del 15 de junio al 13 de julio de 2025, habían incumplido el reglamento mundial de clubes FIFA en relación con la multipropiedad.

Por ese motivo, la FIFA había decidido excluir de la competición al León. El club donde milita Rodrigo Echeverría y el Pachuca apelaron dicha decisión ante la Comisión de Apelación del máximo organismo futbolístico, solicitando que se anulase la misma y se declarase que ambos clubes cumplen con los requisitos de elegibilidad de participación en el citado mundial.

Previamente, el costarricense Alajuelense había interpuesto en febrero una demanda ante el mismo ente, en busca de ocupar la plaza de uno de los equipos mexicanos en cuestión al argumentar ser el equipo mejor clasificado de la confederación, excluyendo a equipos mexicanos y de la MLS estadounidense.

El TAS ha rechazado las apelaciones presentadas por Pachuca y el Club León, ya que estos no cumplen con los criterios relativos a la multipropiedad de clubes, establecidos en el Artículo 10.1 del Reglamento del Mundial de Clubes FIFA 2025.

Por otro lado, la apelación presentada por el Alajuelense solicitando la exclusión de uno de los dos clubes mexicanos y ser incluido como su sustituto también ha sido rechazada por el TAS.