Fotografía: Carabineros | Archivo | Leonardo Rubilar | Agencia Uno

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  • El Segundo Juzgado Militar de Santiago sentenció a 10 años de cárcel al sargento (r) de Carabineros, Juan Ralliman. Según se acreditó en el proceso, en marzo de 2015, golpeó con su pistola la espalda de Jaime Soto y luego le disparó en el cuello, pese a que no medió provocación alguna. Ralliman insistió durante toda la investigación en una versión diferente: si bien golpeó a Soto porque se interpuso en su camino durante un procedimiento en una población de Lo Barnechea, el arma se disparó de forma accidental. Sin embargo, diversos peritajes realizados por la Fiscalía Militar invalidaron totalmente su postura. Ambas partes apelaron y el caso comenzará a verlo la Corte Marcial durante las próximas semanas y más adelante podría llegar a la Suprema. De confirmarse la pena, se convertiría en una de las más altas dictadas contra un carabinero responsable de dar muerte a un civil, desde el retorno de la democracia.

    Cuatro funcionarios de Carabineros vestidos de civil patrullaban las inmediaciones de la población La Ermita, en Lo Barnechea, cuando les informaron que ‘El Javi’ se desplazaba desde la población Juan Pablo II hacia allá, por la ribera del río Mapocho. Faltaban algunos minutos para que dieran las ocho de la tarde del martes 17 de marzo de 2015.

    Javier Celis Manquemilla, nombre verdadero de ‘El Javi’, tenía cuatro órdenes de detención vigentes, por lo que los funcionarios policiales apenas escucharon el dato alertaron al personal que estaba en la población. En paralelo, descendieron de la camioneta en la que iban y comenzaron la persecución del prófugo de la justicia.

    ‘El Javi’ se dio cuenta que lo perseguían y comenzó a correr. En ese momento empezaron los disparos cruzados, mientras que el sargento 2° Juan Ralliman Huenulao, quien vestía de civil, continuó la emboscada por otro camino: por un pasillo de tierra, por fuera de la reja perimetral de las dos canchas de fútbol que habían en el sector. Cuando Ralliman llegó a la zona en que se juntaban las canchas, se encontró con un grupo de cuatro jóvenes que compartían un rato, sin tener ninguna relación con el procedimiento policial, quienes al escuchar el tiroteo se agacharon para protegerse.

    En ese instante, de forma sorpresiva y sin mediar provocación alguna, el sargento de Carabineros golpeó a Jaime Soto Rain, uno de los muchachos, en la espalda con la parte frontal de su pistola fiscal y luego le disparó a quemarropa en el cuello. Estaba a menos de medio metro de distancia. Soto Rain murió de forma inmediata en el lugar tras el impacto de bala, al tiempo que los amigos explotaron en llanto y rabia. En tanto, Ralliman siguió su camino para retomar la persecución de ‘El Javi’, quien finalmente fue detenido.

    Así ocurrieron los hechos que terminaron con la vida de Jaime Soto, quien en aquel entonces tenía 20 años, según estableció el Segundo Juzgado Militar de Santiago. Por ello, tomando en cuenta esos y otros antecedentes, el 9 de mayo pasado, el juez militar subrogante, coronel Santiago Parra Zúñiga, condenó a Juan Ralliman a 10 años de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito de violencia innecesaria con resultado de muerte. Así lo consigna el falló al cual accedió la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío, desconocido hasta ahora, y que reproduce en su integridad (ver condena).

    Las partes no quedaron conformes con esta sentencia de primera instancia, por lo que apelaron ante la Corte Marcial. El abogado querellante Cristián Cruz, quien representa a la familia de la víctima, señaló que pidieron elevar la pena a 15 años de presidio mayor en su grado medio, pues tiene varias agravantes, entre ellas, haber abusado de sus fuerzas y medios. Por su parte, el abogado Fernando Bravo Ibarra, defensor del condenado, solicitó que se absuelva a Ralliman, pues aseguró que es inocente. Incluso afirmó que “tenemos dudas de que el disparo haya provenido del arma del sargento Juan Ralliman”. La decisión ahora está en manos de la Corte Marcial, que comenzará a ver el caso dentro de las próximas semanas. Si las partes no quedan satisfechas con su pronunciamiento podrían acudir a la Corte Suprema, donde se zanjaría definitivamente la causa.

    De concretarse esta pena, se convertiría en una de las más duras que recibe un funcionario policial por matar a un civil desde la década de los noventa hasta hoy. En efecto, desde esa fecha, solo hay otro caso en el cual la justicia condenó a 10 años a un grupo de uniformados por un delito similar, pero en la mayoría de los casos las sentencias han sido mucho más bajas.

    Efectivos de Carabineros | Agencia UNO
    Efectivos de Carabineros | Agencia UNO

    Pese a los diversos antecedentes que apuntan hacia él, Ralliman ha mantenido su postura durante todo el proceso. Según su relato, cuando perseguía a ‘El Javi’ se le cruzó en su camino Soto Rain, por lo que lo empujo golpeándolo con la empuñadura de su pistola en la espalda y en el hombro para poder pasar. Tras ello, sintió que el arma se disparó pero no se dio cuenta hacia dónde salió el tiro ni qué pasó con él. Pero su versión fue totalmente desacreditada por la Fiscalía Militar a través de diversos peritajes, los cuales tuvo en cuenta el juez que falló en su contra.

    Consultado por esta condena de primera instancia, el padre de la víctima, Jaime Soto Rojas, expresó que “la pena debería ser más alta para que realmente se haga justicia. Cuando un civil mata a un carabinero le dan 20 años de cárcel o más, por lo que acá debería ser igual o, al menos, acercarse lo más posible a eso. Si al final todas las vidas tienen el mismo valor y a nosotros nadie nos devolverá la vida de nuestro hijo que nos arrebató el sargento Ralliman”.

    Hostigamientos previos

    Si bien en el expediente se acredita de forma precisa cómo ocurrieron los hechos y la responsabilidad de Juan Ralliman, a quien le dieron de baja a los dos días del fatídico suceso, aún no existe claridad de cuáles fueron los motivos que éste tuvo para quitarle la vida. De todos modos, en la misma investigación hay algunos elementos que arrojan ciertas luces sobre ello.

    La semana previa al suceso que remeció a la población La Ermita, el funcionario de la Sección de Investigaciones Policiales (SIP) de la 53° comisaría de Lo Barnechea hostigó en varias oportunidades a Jaime Soto. Al menos así lo constataron su padre y su hermana Paola, cuando declararon durante el desarrollo del proceso investigativo.

    El jueves 12 de marzo de 2015, funcionarios de Carabineros le confiscaron el auto a Jaime Soto por conducir sin licencia, tras lo cual fue agredido por Ralliman. Pese a ello, lo dejaron en libertad pues Ralliman al ser de la SIP no podía cursar partes. Según el padre de la víctima, su hijo andaba sin el mencionado documento ya que dos meses antes el mismo efectivo policial se lo había quitado tras cursarle una infracción por estar mal estacionado.

    Ese mismo día él se presentó en la comisaría para recuperar el vehículo de su hijo y para interponer un reclamo contra el sargento de Carabineros. Si bien le devolvieron el auto, no lo dejaron realizar el reclamo, relató.

    Posteriormente, cuando eran cerca de las cinco de la madrugada del sábado 14, Jaime Soto Rain llamó por teléfono a su hermana para pedirle que fuera a buscarlo al sector del picadero, un mirador de la zona, porque había un grupo de Carabineros que estaba revisando su auto. Entre ellos, figuraba Juan Ralliman. Jaime le confesó a su hermana que estaba asustado porque decía que querían pegarle y matarlo, lo que le pareció extraño, pues su hermano siempre fue valiente.

    Paola Soto Rain, entonces, fue con una amiga al lugar, donde había ocho funcionarios policiales: cinco uniformados y tres de civil. Cuando les preguntó qué querían, ellos le respondieron que necesitaban al dueño del auto. Ella les dijo que era su hermano, pero no la tomaron en cuenta. También les preguntó en reiteradas oportunidades cuál era el motivo que tenían para revisar el auto, pero tampoco le dieron respuesta. En paralelo, ella les insistió que se haría responsable del auto, pues lo había ocupado y, por lo tanto, sabía que tenía los papeles al día.

    Sin embargo, al no encontrar los papeles la llevaron a la comisaría, donde le adviertieron que le sacarían un parte y que mandarían el vehículo a los corrales. Pero después de enviarla dos veces a revisar dentro del auto para confirmar que no se le quedara nada en él, pues iría una grúa a retirarlo, sospechosamente encontró el permiso de circulación que antes se había extraviado. Luego de ello, le devolvieron el auto aunque igualmente le cursaron un parte.

    Esta seguidilla de hechos culminaría el martes 17 con el certero disparo que Ralliman le propinó a Soto en el cuello, a un costado de las canchas de La Ermita, de acuerdo a la sentencia emitida por el Segundo Juzgado Militar de Santiago.

    Una pena elevada

    Si es que la condena de 10 años de presidio establecida por el tribunal militar se confirma, pasaría a ser de las más altas que se han dictado por este delito en las últimas tres décadas.

    La sanción que lidera el ranking se dictó en 2012. En junio de ese año, en un fallo unánime, la Corte Suprema impuso la pena de presidio de 10 años y un día por violencia innecesaria y cuasidelito de homicidio contra cuatro funcionarios de Carabineros por su participación en la muerte del taxista Raúl Palma Salgado, en 1998, en un cuartel de Vitacura, tras someterlo a tortura y malos tratos. En paralelo, sentenció al fisco a pagar una indemnización de 150 millones de pesos a la cónyuge e hijos de Palma Salgado.

    El resto de las penas, en tanto, han sido sustancialmente más bajas. En 2017, el máximo tribunal sentenció a tres años de pena remitida a dos efectivos policiales y a 100 días de reclusión militar a otros dos uniformados, quienes fueron considerados responsables de la muerte de una persona al interior de un furgón policial tres años antes, en Rancagua. Los agentes policiales lo habían detenido luego de que no pagara una cuenta en un restaurante, por lo que lo dejaron encerrado en la parte trasera del vehículo, donde estuvo a pleno sol y con escasa ventilación durante cerca de seis horas, lo que le generó la muerte.

    Por otra parte, una de las sentencias más bajas se le dio a Miguel Milacura Cárcamo, el funcionario policial que le quitó la vida a Manuel Gutiérrez en 2008. A fines de 2015, la Corte Suprema ratificó la condena de 400 días de reclusión a Milacura por ser autor de cuasidelito de homicidio.

    Manuel Gutiérrez | Archivo
    Manuel Gutiérrez | Archivo

    En el fallo, el máximo tribunal del país estimó que la conducta desplegada por el ex uniformado fue una imprudencia temeraria al momento de reprimir una protesta social, por lo que incurrió en una acción culposa y no dolosa.

    Este registro es inversamente proporcional a las penas que se le han dado a los civiles que han matado a funcionarios de Carabineros. Gran parte de estos casos han terminado con sentencias de entre 15 a 20 años de presidio e incluso hay algunas que han sobrepasado esos niveles.

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