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EEUU y trata de personas: valora trabajo chileno pero muestra inquietud por "sentencias indulgentes"

Miércoles 07 diciembre de 2022 | 06:00

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Embajada de Estados Unidos | Edición: Constanza Escobar (BBCL)

Kari Johnstone, directora (s) de la Oficina de Monitoreo y Combate a la Trata de Personas, del Departamento de Estado de EE.UU, estuvo en Chile este lunes y martes. La especialista aprovechó la oportunidad para felicitar el trabajo realizado por nuestro país, aunque mostró su preocupación por los bajos castigos que dictan los tribunales nacionales. Esto, pese a que la legislación considera penas más altas. Con todo, asegura que no es un problema único de la judicatura criolla. "La dictación de sentencias indulgentes puede debilitar los esfuerzos por conseguir que quienes ejercen la trata rindan cuentas", lanza en conversación con BioBioChile.

“En el pasado hemos visto informes sobre víctimas chilenas en Argentina, Bolivia y Perú. En Perú, perpetradores de trata han sometido a hombres chilenos a realizar trabajos forzados. En Argentina, quienes ejercen la trata han sometido a mujeres chilenas a realizar trata sexual”.

Esa es parte de las reflexiones de la directora subrogante de la Oficina de Monitoreo y Combate a la Trata de Personas, del Departamento de Estado de EE.UU, Kari Johnstone.

La especialista visitó Chile esta semana para sostener reuniones de trabajo con representantes de la Fiscalía Nacional y el Poder Judicial. Además, agendó citas con personeros de la mesa de trabajo interministerial contra la trata de personas, la Defensoría de la Niñez, Servicio Mejor Niñez y la sociedad civil.

En entrevista con BioBioChile, Johnstone reconoce que los sistemas de justicia han dictado sentencias “indulgentes”, aunque explica que no es un fenómeno particularmente chileno. “Con frecuencia quienes ejercen la trata reciben sentencias significativamente más bajas que las penas establecidas en lo dispuesto en el Código Penal”, afirma.

Tachó a Chile como un “socio sólido” en el combate del delito, apuntando a lo informado en el último reporte de la trata de personas publicado por el Departamento de Estado de Estados Unidos, que posicionó a nuestro país en el nivel 1 de 3. Es decir, dentro de los mejores evaluados.

La lucha contra la trata de personas en Chile

-De acuerdo al último Trafficking in Persons Report (julio 2022) del Departamento de Estado, Chile se mantuvo en el Tier 1 (nivel 1). ¿Considera que los nuevos fenómenos de crimen organizado que afectan a Chile podrían hacerlo caer de esta categorización? ¿Cuál es la proyección de Chile en esta materia?

En el proceso de elaboración del informe, nosotros no realizamos una predicción sobre una evaluación o clasificación, sino que éste se basa en los hechos que se obtienen durante el período que abarca el informe sobre los esfuerzos y logros de los organismos estatales (…) El Departamento de Estado se esfuerza en hacer que el informe sea lo más preciso y objetivo posible, documentando tanto los éxitos como las deficiencias de los esfuerzos que realizan los organismos estatales en contra de la trata, los que son evaluados conforme a los estándares aplicados de manera uniforme alrededor del mundo. El Departamento de Estado aplica estos estándares mínimos a cada país y compara los hechos obtenidos durante el período del informe en curso con aquel del año anterior. Para mantenerse en el Nivel 1 de la clasificación, los gobiernos deben realizar avances apreciables año a año y continuar adaptándose y mejorando sus esfuerzos.

El combate a la trata constituye un esfuerzo colectivo y contamos con socios sólidos, como Chile, para que trabajen con nosotros en abordar este delito global. El hecho de poner énfasis en nuestros esfuerzos colectivos para abordar este desafío global es motivo primordial para preparar este informe anual. Su intención no es la de criticar a otros países, sino que establecer un marco en el que podemos trabajar en conjunto, de manera más efectiva y apoyándonos mutuamente, en los esfuerzos para asegurar que la población más vulnerable esté protegida y segura. Tal como con cualquier otro país, cada año alentamos a los organismos del Estado de Chile a realizar esfuerzos serios y sostenidos para combatir la trata.

-¿En qué aspectos debe Chile poner atención para evitar que la trata de personas aumente?

Permítame primero reconocer algunos desarrollos positivos que ha realizado Chile en sus esfuerzos recientes por combatir la trata de personas, tales como haber enmendado su Código Penal para aumentar las penas máximas a los delitos sobre trata; el haber contratado a una ONG durante un período de transición burocrática para realizar tareas de supervisión de los servicios para menores que son víctimas de la trata; y haber otorgado permisos de residencia a dieciséis víctimas de trata.

Chile cuenta con una mesa de trabajo interministerial activa que coordina a múltiples agencias que proporcionan protección y servicios sociales a las víctimas de trata, investiga y persigue los casos sobre trata, y lidera esfuerzos para prevenir la trata de personas.

Dicho esto, todos los gobiernos pueden y deben continuar mejorando sus esfuerzos.

“Sentencias indulgentes”

-Pese a que el informe contempla que Chile cumple los estándares mínimos en el combate contra la trata de personas, el estudio evidencia que los tribunales de justicia chilenos han emitido sentencias “indulgentes” (‘lenient’ es la palabra textual que usa el informe) en contra de los traficantes de personas sentenciados. ¿Cómo afectan estas condenas ‘indulgentes’ al combate de este delito? ¿Es un problema grave al que Chile debería poner atención?

La emisión de sentencias indulgentes continúa siendo y ha sido un área de preocupación durante muchos años. Las disposiciones sobre trata en el Código Penal chileno establecen sanciones adecuadas a quienes son condenados por ese delito, las que son suficientemente severas y proporcionales a otros delitos graves. Sin embargo, con frecuencia quienes ejercen la trata son, en última instancia, condenados a sentencias significativamente más bajas que las sanciones mínimas establecidas bajo esta disposición del Código Penal chileno, llegando incluso a la suspensión total de las sentencias. La dictación de sentencias indulgentes debilita los esfuerzos de la lucha contra la trata de personas.

Este tema no es exclusivo de Chile. Como fue destacado en el Informe sobre la Trata de Personas 2022, muchos gobiernos alrededor del mundo dictaron sentencias indulgentes a casos de trata. Esta es una materia que observamos cuidadosamente. La dictación de sentencias indulgentes puede debilitar los esfuerzos por conseguir que quienes ejercen la trata rindan cuentas, reducen la disuasión, pueden crear en las víctimas la preocupación potencial sobre su protección y seguridad, y no son equivalentes a la seriedad que tiene ese delito.

-¿Chile debería introducir nuevas leyes o penas en contra de quienes ejercen la trata? ¿Cómo es la situación legal en Chile versus otros países mejor evaluados?

Nuestra recomendación no pide que se adopte legislación nueva, sino que se implemente la ley contra la trata que existe en Chile. El Artículo 411 del Código Penal penaliza todas las formas de la trata y establece penas que son lo suficientemente estrictas y proporcionales a otros delitos graves. Sin embargo, como dije, con frecuencia quienes ejercen la trata reciben sentencias significativamente más bajas que las penas establecidas en lo dispuesto en el Código Penal. Además, en algunos casos la autoridad procesa a algunos de los acusados por trata bajo una disposición penal diferente, el Artículo 367, y que está relacionada con la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes, que establece requisitos de sentencias significativamente menores. Esto también puede contribuir a la dictación de sentencias indulgentes.

Lograr que los responsables de la trata rindan cuentas es un componente esencial para una estructura sólida en el combate contra la trata, pero es también un proceso altamente especializado. Uno de mis objetivos principales al visitar Chile es poder entender de mejor manera cómo opera el proceso de la determinación de sentencias que llevan a que se emitan sentencias que efectivamente están por debajo de las penas mínimas establecidas en el Artículo 411, y la aplicación del Artículo 367 en los casos de trata sexual de niños, niñas y adolescentes. Me complace poder reunirme con fiscales y miembros del Poder Judicial durante mi visita.

-El informe también evidencia una prestación de servicios menor a las víctimas que son residentes en ciudades fuera de Santiago. ¿Cuáles son los alcances que esa falencia puede acarrear?

En Chile, fuera de la capital, la prestación de servicios y los hogares de acogida son limitados, tanto para adultos como para menores. Las víctimas de trata han sufrido traumas complejos y muy frecuentemente, prolongados. Como resultado, los requerimientos de las víctimas de trata difieren de quienes han sido afectados por otros delitos, como el de agresión. Los tratamientos que ofrecen profesionales capacitados, con un enfoque centrado en la víctima o a través de la modalidad de cuidado informado sobre el trauma, constituyen las mejores prácticas. Estos profesionales son quienes están en la mejor posición para proporcionar el apoyo que requieren las víctimas de la trata luego de que salen de una situación de explotación profunda. El Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (Sernameg) financia un hogar de acogida especializado en mujeres víctimas de trata. Felicitamos al Gobierno por disponer este nivel de cuidado en la capital y lo alentamos a que lo extienda para atender a hombres, mujeres y niños, niñas y adolescentes víctimas a lo largo del país.

-¿Han detectado víctimas de Chile en el extranjero? ¿Puede describir en qué situaciones han detectado a esas víctimas? ¿En qué países? ¿A qué delito se asocia?

Muchas gracias por su pregunta. Efectivamente, quienes ejercen la trata también explotan a chilenos y chilenas en otros países, pero es difícil determinar de manera precisa las estadísticas. En el pasado hemos visto informes sobre víctimas chilenas en Argentina, Bolivia y Perú. En Perú, perpetradores de trata han sometido a hombres chilenos a realizar trabajos forzados. En Argentina, quienes ejercen la trata han sometido a mujeres chilenas a realizar trata sexual.

Debido a que la trata de personas es un delito sub-notificado, cabe la posibilidad de que existan víctimas chilenas también en otros países. Es importante recordar que la trata de personas no es un delito que implique movimiento y muchos casos no involucran las fronteras internacionales. Los chilenos y chilenas pueden verse sujetas a la trata tanto adentro del país como en el extranjero. Sin embargo, en los casos de crímenes de trata transnacionales que usted describe, es imperativo que las autoridades den aplicación de la ley y los fiscales se coordinen a través de las fronteras para recabar la evidencia y puedan desarrollar un caso contra quienes ejercen la trata. Por ello, felicitamos a los gobiernos de Chile y Argentina por haber establecido el Equipo Conjunto de Investigación que permite facilitar la colaboración en los casos de trata de personas.

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