El Juzgado de Garantía de Coyhaique certificó que Nabila Rifo sí fue notificada sobre la solicitud de libertad condicional de Mauricio Ortega, su agresor. La diligencia comunicacional —afirma un escrito del tribunal— fue realizada el 9 de septiembre de este año, casi un mes antes de la audiencia que concedió el beneficio al condenado.
El informe contraviene lo expresado por la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, quien —a raíz de lo develado en un reportaje de BBCL Investiga— salió al paso de los cuestionamientos hacia el SernamEG.
Tal como reveló este medio, el organismo público —único ente que asumió la representación de Nabila en la causa— no asesoró a la víctima para que pudiera oponerse a la solicitud de libertad condicional de Ortega, tal como lo permite la legislación. Una intervención que podría haber cambiado el destino judicial del ahora ex reo.
“Debidamente notificada”
A través de una declaración en sus redes sociales, la ministra sostuvo que “quien debía ser notificada era la víctima y la víctima nos ha comunicado que no lo fue”.
“Nosotros le creemos”, aseveró.
“¿Se entregó la libertad condicional a Mauricio Ortega porque el Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género no hizo su trabajo? No, eso es falso”, expresó la titular de la cartera.
Sin embargo, el certificado del Poder Judicial expone que pese a “ser debidamente notificada”, no consta que Nabila “haya evacuado descargos o alegaciones respecto de la solicitud de libertad condicional solicitada por el condenado Mauricio Orlando Ortega Ruiz”.
A través de una declaración pública, desde el SernamEG insistieron en que la notificación no fue efectuada “en su domicilio actual”. De cualquier modo, fuentes expertas en materia judicial señalan que son las partes —en este caso la propia víctima y su abogada— las responsables de informar cualquier cambio de dirección. En el expediente no existe registro de una solicitud en ese sentido, la que debió ser mediada por la profesional.
La contradicción de Orellana
Según expuso esta Unidad de Investigación, las notificaciones también llegaron a la casilla de correo electrónico de la abogada del organismo, quien patrocinó a la mujer. No obstante, éstas no fueron vistas por la institución, puesto que la funcionaria había sido desvinculada este año y su correo se encontraba bloqueado desde 2019, cuando fue sumariada y suspendida.
De acuerdo con documentos contenidos en el expediente judicial, el SernamEG nunca traspasó el caso a otra profesional. Una situación que incluso fue defendida la mañana de este viernes por la ministra Orellana. Según su versión, la representación de la abogada del servicio había terminado en 2017.
“¿Hasta dónde se extiende este patrocinio? Hasta que hay sentencia ejecutoriada”, aseguró Orellana en una entrevista en Mega. Es decir, una vez que la condena quedara a firme y no existieran recursos pendientes.
La afirmación, sin embargo, contraviene explícitamente la escritura con la que Nabila aceptó ser patrocinada por la letrada del organismo. En el documento fechado el 4 de agosto de 2016, la abogada del ente público adquirió la representación de la víctima “hasta la completa ejecución de la sentencia”. O sea, hasta 2034, cuando Ortega debía salir de la cárcel. Según se desprende del archivo, eso incluía velar por ella frente a la Comisión de Libertad Condicional.
Vea aquí el patrocinio
Frente a la destitución de la abogada por el SernamEG, la víctima tenía dos opciones en caso de haber sido informada de su remoción: que el servicio le ofreciera otro profesional de la institución o extender un mandato legal a un abogado particular de su preferencia.
Ninguna de las dos ocurrió, pese a que para abril de este año la oficina virtual del Poder Judicial ya exhibía públicamente las intenciones de Ortega de abandonar la cárcel.
Declaraciones más, declaraciones menos, en el papel, la removida abogada sigue —hasta hoy— como la única representante de los intereses de Nabila.