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Justicia sobresee a Franco Parisi y cierra causa por estafa y lavado de activos en "edificio sin ley"

Domingo 09 julio de 2023 | 06:03

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ARCHIVO | Agencia UNO

La justicia sobreseyó al excandidato presidencial del PDG, Franco Parisi, en la causa derivada del denominado “edificio sin ley”. Al político, y otros cuatro imputados, se le investigaba por estafa y lavado de activos. Tras una larga contienda judicial, el tribunal consideró que se trató de "un mal negocio" y no un engaño. Con todo, la parte querellante decidió apelar.

La justicia resolvió sobreseer al fundador del Partido de la Gente (PDG), Franco Parisi, en la causa por estafa y lavado de activos derivada de la compra del “Edificio Riga”. Mismo inmueble que con el tiempo se conoció como “el edificio sin ley” de La Cisterna.

Junto al político, otros cuatro imputados fueron sobreseídos. Se trata de Jonathan Bravo Pozo, Mauricio Lizana Méndez, José Mansilla Silva y Luis Moraga Parisi, primo del excandidato presidencial.

La decisión recayó en la jueza de garantía Andrea Díaz-Muñoz Bagolini, luego de que el Ministerio Público solicitará dar por concluida la causa. El requerimiento del fiscal de Las Condes, José Ignacio Reyes, fue realizado en virtud del artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal. Es decir, cuando el hecho investigado no fuere constitutivo de delito.

“El edificio sin ley”

La causa comenzó en 2021, a partir de un libelo presentado por Inmobiliaria e Inversiones Cerro Colorado SpA en contra de Royal Real Estate (Royal SPA). En esta última figuraban Parisi y Lizana como socios.

Según la querella, Franco Parisi tenía interés en financiar la compra de un edificio ubicado en La Cisterna, con ayuda del fondo de inversión privada. Todo esto, antes de que estuviera terminado.

La acción judicial acusa que hecha la compra, Royal incumplió los términos acordados y además entregó en arriendo los departamentos. Así, la administración del edificio habría pasado a manos de Luis Moraga Parisi. Los cobros se realizaban en efectivo.

En total, sostuvo la firma, el perjuicio bordearía los $12.500 millones.

Todo derivó en una investigación de dos años, donde finalmente el Ministerio Público solicitó el sobreseimiento definitivo.

“Un mal negocio”

El fiscal José Ignacio Reyes argumentó en la audiencia de rigor que no hubo estafa en la adquisición del edificio Riga. “Malamente habría lavado de activos de un delito inexistente”, acotó, según el documento de la causa, al que accedió BBCL Investiga.

La parte querellante, por el contrario, pidió la reapertura de la investigación en la misma instancia. El abogado Eduardo Riquelme Portilla apuntó a que aún existían diligencias pendientes, como el levantamiento patrimonial de los querellados. Acción que el Ministerio Público nunca efectuó.

Lo anterior, argumentó, considerando que los arrendatarios del edificio efectuaron pagos en la cuenta personal de Lizana.

Otra diligencia nunca realizada, fue la toma de declaración a los imputados, quienes se acogieron a su derecho de guardar silencio.

“Franco Parisi no era socio”

La fiscalía respaldó su decisión en que dichas diligencias serían “inconducentes”, dado que el levantamiento patrimonial deriva del lavado de dinero. Ilícito que a su vez proviene de la estafa, delito que no se pudo acreditar. Respecto a las declaraciones, apuntó a una mera dilatación de la parte querellante.

En simple, a juicio del ente persecutor no existió una defraudación, sino que existió un incumplimiento contractual. Esto obedecería no a un engaño, sino que “a un mal negocio”. Es más, el Ministerio Público sostiene que Franco Parisi no era socio de Royal SPA al momento de los hechos.

Desde la otra vereda, Riquelme mantiene que “hubo un montaje que se levantó como modelo de negocio”.

Con todo, el tribunal estableció el sobreseimiento definitivo de la causa, donde cada parte deberá pagar sus costas. En respuesta, el abogado de Inmobiliaria e Inversiones Cerro Colorado SpA interpuso un recurso de apelación. En el escrito presentado ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el querellante insiste en que existen antecedentes que respaldan la existencia del delito de estafa y la participación de los imputados.

Así las cosas, el tribunal de alzada deberá determinar si acoger a trámite el recurso y con ello, ratificar o revocar el sobreseimiento.

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