¿Nuevo error no forzado del Ejecutivo? Este martes 19 ingresó al Tribunal Constitucional (TC) un reclamo de un grupo de senadores de Chile Vamos en contra del Presidente de la República, Gabriel Boric, tras no haber promulgado, según expusieron, dentro de los plazos que estipula la ley el proyecto que modifica el Decreto Ley Nº 3.516, de 1980, que establece normas sobre división de predios rústicos para garantizar el acceso a espacios públicos y caminos de la Corporación de la Reforma Agraria (Cora).
Dicho proyecto de ley fue ingresado el 28 de noviembre de 2018 al Congreso Nacional, y fue enviado el 31 de mayo al Presidente Boric para su promulgación, según su tramitación parlamentaria. Pese a esto, según el escrito, el Ejecutivo aún no lo ha promulgado, cuestión que vulneraría el deber constitucional de promulgar del Mandatario.
“Atendido a lo dispuesto en el artículo 75 de la CPR, el Presidente contaba con una plazo de treinta días para ejercer su facultad constitucional de veto, el cual vencía el día 30 de junio de 2022. Atendido a que el oficio no fue devuelto a la Cámara de Diputados, no cabe sino concluir que el Presidente no ha hecho uso de su facultad, y por ende, que ha aprobado el proyecto”, señala el documento que tuvo a la vista Radio Bío Bío.
En razón de lo anterior, el Presidente Boric contaba con un plazo de 10 días para promulgar el proyecto en cuestión, fecha “que a su vez vencía el 10 de julio de 2022”. Sin embargo, los parlamentarios esgrimen que hasta la fecha de presentación de esta solicitud no se ha “emitido el correspondiente decreto promulgatorio ni ha sido ingresado a Contraloría General de la República para el trámite de razón”.
No obstante, según fuentes consultadas por la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío, el proyecto fue tomado a razón el pasado 11 de julio por la Contraloría General de la República. Por ende, el punto en cuestión es que tras dicho trámite administrativo no se publicó la normativa en el Diario Oficial, cuestión que de todas formas vulnera la normativa. Esto porque la Constitución establece que la publicación en el Diario Oficial se hará “cinco días hábiles siguientes a la fecha en que quede totalmente tramitado el decreto promulgatorio”.
Consultados por La Radio, desde el Ejecutivo señalaron que el decreto de promulgación de la ley fue “formalizado por el Presidente de la República el día 1º de julio en curso, con lo que se cumplió la obligación de hacerlo en tiempo y forma”. De la misma forma, agregaron que la Contraloría tomó razón el día 11 de julio y que al día siguiente, el 12, el documento de toma de razón se fue a la Segpres con copia a Agricultura.
Fue entre ambas reparticiones, según explican, donde se produjo el presunto error, ya que ninguna lo envió para su publicación en el Diario Oficial, por ende, sin publicarse la ley no existe en la formalidad, pese a su trámite. “El documento ha sido remitido hoy desde el Ministerio de Agricultura al Diario Oficial para su publicación, la que se verificará entre hoy y mañana”. Dicha omisión fue la que generó el recurso ante el TC de los senadores de Chile Vamos.
Desde el Ejecutivo confirman que se produjo un error y eso generó confusión respecto a quién daría la instrucción de publicación en el Diario Oficial.
Recurso de Chile Vamos
El grupo de personeros de Chile Vamos apunta a los artículos 72 y 75 de la Constitución Política de la República, sobre el Congreso Nacional. En el primero de ellos, por ejemplo, se define que “aprobado un proyecto por ambas Cámaras será remitido al Presidente de la República, quien, si también lo aprueba, dispondrá su promulgación como ley”. El artículo 75 consigna que “el si Presidente de la República no devolviere el proyecto dentro de treinta días, contados desde la fecha de su remisión, se entenderá que lo aprueba y se promulga como ley”.
“Al no haberse promulgado el proyecto de ley remitido antes del 10 de julio de 2022, el Presidente de la República ha transgredido los artículos 72 y 75 de la CPR, pues ha dejado transcurrir el plazo de treinta días del que disponía para ejercer su facultad de veto (con lo que el proyecto se entiende por aprobado), y a continuación, ha dejado transcurrir también el plazo de diez días desde la aprobación para proceder a su promulgación, toma de razón y posterior publicación”, señala el reclamo.
¿Quiénes fueron al TC? Las senadoras Luz Ebensperger (UDI) y Paulina Núñez (RN), y los senadores Juan Castro (Ind), Francisco Chahuán (RN), Juan Antonio Coloma (UDI), José Miguel Durana (UDI), Rodrigo Galilea (RN), José García Ruminot (RN), Javier Macaya (UDI), Iván Moreira (UDI), Manuel José Ossandón (RN), Rafael Prohens (RN), Kenneth Pugh (Ind), Gustavo Sanhueza (UDI), David Sandoval (UDI) y Enrique Van Rysselberghe (UDI).
La iniciativa, ingresada en 2018 por los diputados René Alinco, Iván Flores, Tucapel Jiménez, Fernando Meza, Emilia Nuyado, José Pérez, Alejandra Sepúlveda, Raúl Soto, Esteban Velásquez y Sebastián Álvarez, buscaba que los campos que surgen fruto de una subdivisión de predios tienen que tener acceso a los caminos públicos o a los de la subdivisión Cora. En síntesis, fue una iniciativa que modifica los incisos de un artículo de la citada ley.
Este caso se suma a otros errores no forzados durante la administración del Presidente Boric. Entre ellos figuran el recordado episodio del avión esgrimido por la ministra del Interior, Izkia Siches, ante el Congreso y la utilización del término Wallmapu, que incluso generó críticas en Argentina. ¿El último de ellos? La decisión del Gobierno de echar pie atrás la suspensión del uso de escáneres corporales en cárceles chilenas.