La Fiscalía Metropolitana Occidente apeló al sobreseimiento parcial del hoy removido fiscal antidrogas de Rancagua, Jorge Mena Ocares. Se trata del expersecutor indagado por haber “favorecido” a narcotraficantes de la zona con juicios abreviados y decisiones de no perseverar.
A través del escrito de 20 páginas —al que accedió BBCL Investiga— el organismo busca revertir la decisión de la jueza Loreto Salas Cortés, quien concluyó que Mena no incurrió en ilícitos en dos de los cuatro hechos que se le imputan.
Desde la otra vereda, la defensa también recurrió en contra de esa decisión para solicitar que se le sobresea de la totalidad de los delitos.
Sobreseído por dos hechos
Según plantea la Fiscalía Occidente —dirigida por el fiscal regional Marcos Pastén Campos—, el ex investigador penal público ocultó “a sabiendas” información vital con el objetivo de “beneficiar” a clientes de dos reconocidos abogados de narcotraficantes de la zona: Alex Ruz Rubio y Luis Valdenegro Ortiz.
Aquí figuran un imputado por disparos injustificados, dos por Ley 20.000 y uno por homicidio. Los movimientos de Mena —quien también es investigado por los delitos de cohecho y lavado de activos— derivaron en que todos terminaran libres por estas causas.
Precisamente en dos de estos casos, el Juzgado de Garantía de Rancagua estimó el pasado siete de julio que no había delito, puesto que la decisión de no perseverar que comunicó en ambas indagatorias, correspondía a una facultad propia del persecutor. Bajo ningún punto de vista podía suponer el “ocultamiento” de antecedentes, estableció el tribunal.
Libre de polvo y paja
El primero de los hechos corresponde a la causa seguida contra Omar Bozo Constenla, quien fue detenido por atacar —a tiros— a dos domicilios en la Población Lourdes de Rancagua.
Pese a que en un principio Mena presentó acusación en contra del imputado, paso necesario para llevarlo a juicio, posteriormente el entonces persecutor “sin ninguna justificación, autorización ni conocimiento de su superior jerárquico”, decidió simplemente comunicar su decisión de no perseverar.
En simple, pasó de estar convencido de que era necesario llevar al imputado a juicio para que fuera condenado, a dejarlo libre de polvo y paja.
—Es como intentar frenar una bala que uno mismo disparó —reflexiona un conocedor de la materia en relación a esta decisión que es catalogada como “extraña” en los pasillos del Ministerio Público.
Según acusa la Fiscalía Metropolitana Occidente, la decisión impidió que el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Rancagua pudiera ponderar evidencia que era clave —según el recurso— para la indagatoria.
Aquí aparecen —entre otros antecedentes— relatos de testigos, un fotograma elaborado por Carabineros y un informe pericial químico del Labocar que revelaba que el imputado presentaba residuos de disparos en sus manos.
Los 35 kg de pasta base
El segundo caso, en tanto, corresponde al de Nicolás Cabrera Sandoval. Según sostiene la apelación, el imputado cayó detenido en 2021 junto a Jalison Hurtado, tras ser sorprendidos con 35 kilos de cocaína base, avaluados en 535 millones de pesos.
Y aunque —según el Ministerio Público— ambos fueron sorprendidos en poder de los estupefacientes, en las mismas circunstancias y en los mismos hechos, no corrieron con igual suerte: Jalison fue condenado a ocho años de presidio mayor por el delito de tráfico; Nicolás fue llevado a un abreviado solamente por una infracción a la Ley de Armas.
A juicio del organismo, con esta maniobra, el entonces persecutor evitó que los antecedentes llegaran al tribunal, lo que impidió condenar al acusado, quien ya mantenía una condena previa por microtráfico.
Su defensa explica
En cuanto a estos dos casos, la defensa de Mena sostiene —en conversación con BBCL Investiga— que existieron errores policiales que hicieron inviable la persecución penal en contra de los implicados por los delitos imputados. De ahí que soliciten que se exculpe a Mena de este y los otros dos hechos por los que es investigado.
En el caso de los disparos injustificados, por ejemplo, aseguran que hubo un “error insalvable en la identificación de los imputados”. Dicha “cadena errores” llevaría a “una evidente absolución y es por ello que el fiscal comunicó la decisión de no perseverar”.
“Estos antecedentes se encuentran en poder de Ministerio Público y no existe responsabilidad alguna de don Jorge Mena en ese error pericial”, ahonda Silvia Olivares, abogada del expersecutor.
Respecto de lo ocurrido con los 35 kilos de droga, la jurista detalla que en la irrupción policial también “hubo error”. Esta vez, “en la numeración de uno de los inmuebles allanados, que incidía directamente en la detención de uno de los imputados, quien no era el blanco principal”. Es decir, Nicolás Cabrera.
“En esas circunstancias, se decidió respecto de este imputado no perseverar por el delito de tráfico y continuar por su participación en el delito de armas, donde fue condenado a la pena de cinco años de cumplimiento efectivo”.
El homicidio
A la espera de lo que resuelva la Corte de Apelaciones de Rancagua, el Ministerio Público —según se desprende de su escrito— afina una querella de capítulos y se alista para formalizar a Mena por obstrucción a la investigación.
En la comunicación de cargos, se espera que se hagan presente otros dos hechos. El primero corresponde al homicidio de Axel Aguirre Alfaro, asesinado en 2021 de una puñalada al corazón.
Por su muerte, fue formalizado Néstor Romero Romero. Un año después, el fiscal le ofreció al imputado un procedimiento abreviado. Según argumentó Mena ante el juzgado de garantía de la ciudad, Romero actúo en legítima defensa incompleta, luego de que —supuestamente— fuera atacado por la víctima con un cuchillo mantequillero.
Sin embargo, a juicio del Ministerio Público, aquí también el fiscal omitió “elementos sustanciales”, que dan cuenta del “ocultamiento a sabiendas de información de vital importancia para el tribunal al momento de determinar la pena”.
La movida de Mena —asegura la Fiscalía Occidente— permitió que Romero no terminara en la cárcel: fue sentenciado a cuatro años de libertad vigilada. De acuerdo a la apelación, el entonces funcionario público omitió —entre otros varios antecedentes— las conclusiones de dos informes de la Brigada de Homicidios de la PDI, que establecieron que la muerte de Axel correspondió a un homicidio simple o —incluso— uno calificado.
Legitima defensa
Respecto de este último caso, la postura de la defensa de Mena es similar: afirman que hubo “deficiencias al principio de la investigación como la falta de concurrencia del fiscal al sitio de suceso, el empadronamiento y declaración de un sólo testigo presencial, desconociéndose identidad y participación de otros involucrados y/o testigos presenciales de los hechos”.
“Ante la existencia de la evidencia decaída, se decide un juicio abreviado con las atenuantes de legítima defensa incompleta e irreprochable conducta anterior, logrando ser condenado el imputado en juicio abreviado a las penas solicitadas por el Ministerio Público, dando cuenta en la audiencia de juicio de los antecedentes requeridos por el Tribunal”, aseveran.
Luis Valdenegro, abogado representante de Romero, detalla a este medio que existían “personas que declararon que existió una una pelea”, apuntando a que ellos incluso plantearon la configuración de la legítima defensa completa, lo que no fue acogido por el persecutor.
“El elemento que faltó para eso fue la desproporción del medio, al actuar (su representado) con un cuchillo mantequillero, ya que podría haber actuado de otra manera y por eso fue legítima defensa incompleta”, agrega.
Condena prescrita
El último caso está vinculado a una imputada por ley de drogas. Se trata de Bárbara Villarroel Méndez. El Ministerio Público hoy asegura que el persecutor le ofreció un juicio abreviado, aun cuando tenía una condena previa por el mismo delito.
A juicio del organismo, Mena ocultó dicha información al tribunal, lo que permitió que la imputada cumpliera su pena en libertad, siendo que lo que correspondía “era su cumplimiento efectivo”.
Para la defensa de Mena, en este caso, el procedimiento abreviado se dio “toda vez que la condena anterior del imputado se encontraba prescrita (caducada) conforme a la ley de penas sustitutivas”.
Cohecho y lavado
En paralelo a la causa por obstrucción a la investigación, la Fiscalía Metropolitana Occidente está a la espera de diligencias que permitan confirmar o descartar la existencia de otros dos delitos: cohecho y lavado de activos. Esto último, luego del levantamiento del secreto bancario decretado sobre el exfiscal.
“Resulta para esta defensa inexplicable que baste una sola denuncia anónima para enlodar esta impecable carrera funcionaria, con una investigación sesgada y desprovista de los mínimos de garantías que cualquier persona tiene derecho a exigir en una investigación penal”, se lamenta la abogada de Mena.
“Mi representado no ha cometido delito alguno, ni tampoco ha tomado participación con hechos irregulares y menos vinculación con abogados defensores de traficantes o traficantes. Ese hecho es falso y alejado de la realidad, no sólo por la falta de evidencia al respecto, sino porque además se trata de un hecho inexistente de acuerdo al comportamiento de don Jorge Mena”, sentencia.
Por su parte, Luis Valdenegro, uno de los abogados señalados por la Fiscalía Occidente cuyos clientes terminaron siendo “beneficiados” por Mena, es categórico al descartar cualquier vínculo con el otrora persecutor.
En relación con los procesos en que representados suyos terminaron sin penas de cárcel, el jurista plantea que le parece “super injusto” que se esté hablando de un “par de causas”, considerando las docenas en las que se enfrentó con el entonces fiscal y no consiguió el resultado esperado por él y sus clientes.
“A mí me parece poco objetivo que se hable de estas causas, si en realidad lo que debiese hacer el Ministerio Público es ver cuántas causas yo tramité con (en contra de) el señor Mena y en cuántas de esas causas fuimos a juicio o en cuántas de esas causas en las que fuimos a juicio yo saqué absoluciones o él consiguió condenas”, acota.
Respecto de su relación con el expersecutor, afirma que no es “amigo del fiscal Mena”. Aunque advierte: “Me duele lo que le pasa porque sé que tiene hijos y tiene señora. Yo no creo que el exfiscal Mena sea un hombre corrupto, yo creo que es una gran injusticia la que se está cometiendo con él. Yo tenía, tengo y seguiré teniendo la mejor impresión de él”.
También desliza que la decisión del Ministerio Público primero de investigarlo administrativamente y luego penalmente, es fruto de una “guerra interna” que se lleva a cabo en de la institución.
“Él es daño colateral. Es una guerra entre gente más grande que se disparó”, lanza.
Alex Ruz, el segundo abogado que aparece como beneficiado por Mena, no estuvo disponible para este artículo.