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Justicia permite que comuneros con orden de alejamiento celebren We Tripantu en predio que usurparon

Justicia permite que comuneros con orden de alejamiento celebren We Tripantu en predio que usurparon

Sábado 17 junio de 2023 | 06:00

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"La comunidad Lonko Pablo Nauco inició un proceso de recuperación territorial a partir de un llamado espiritual". Esa es una de las conclusiones que figuran en un informe antropológico con el que la Justicia basó su decisión de aceptar que los mismos comuneros que usurparon un predio, ahora asistan a una festividad religiosa al interior de este. Por más que intentaron apelar la decisión, todo indica que celebrarán el Año Nuevo Mapuche en las tierras tomadas.

La Justicia aceptó que Esmera Nauco Vargas y Benancio Aguilar Navarro, ambos representantes de una comunidad mapuche y con orden de alejamiento, asistan a la celebración del We Tripantu en un predio que ellos mismos usurparon.

Se trata del Fundo Punta Galera en Corral, que desde el 5 de marzo de 2022 está tomado por la comunidad Lonko Pablo Nauco, quienes aseguran, están en “proceso de recuperación ancestral territorial”. El grupo es de aproximadamente 15 personas, liderados por Heraldo Railaf Nauco, su werkén.

La mañana en la que se tomaron el fundo fue violenta: forzaron cercos, destruyeron candados y quemaron árboles. Bloquearon el acceso a la playa pública e impidieron el paso de vehículos, principalmente para las cuatro familias que habitaban en el sector.

El entramado judicial lleva más de un año en disputa. Carabineros intentó desalojarlos. Infructuoso. Se han presentado diversas querellas y hasta ahora, sólo hay cinco imputados formalizados. Pero la historia no inició ese sábado, según la comunidad, el problema se arrastra hace varias décadas.

El sueño de un santuario de la naturaleza

El 14 de junio de 2006, cuatro empresas adquirieron -en partes iguales- el título de dominio del Fundo Punta Galera. El inmueble rural, también conocido como “Lote A-Uno”, tiene una superficie de 339,3 hectáreas y está ubicado en Corral, región de Los Ríos.

Desde esa fecha existían cuatro familias que habitaban el sector. El objetivo en común era crear un santuario de la naturaleza en medio de la Selva Costera Valdiviana, por eso, trabajaban en conservar el bosque nativo. Al mismo tiempo se encargaban de recuperar las zonas afectadas por tala de árboles y sembrar especies exóticas.

Por 15 años mantuvieron un grupo armonioso. Simulaba ser un escenario perfecto al usar recursos naturales, aprovechar la pesca y cuidar el medioambiente. Eso, hasta que el 2 de marzo de 2022 un grupo ingresó por primera vez hasta la propiedad con el pretexto de una recuperación territorial. Tres días más tarde, la comunidad Lonko Pablo Nauco materializó la usurpación e impidió que tanto los moradores como los trabajadores, ingresaran al fundo.

En menos de una semana el Ministerio Público decretó que Carabineros debía permanecer de forma permanente en el predio.

“En otros términos, deberá estar las 24 horas de los 45 días indicados en el punto. Esta medida de protección comprenderá, la protección de las casas, instalaciones y cualquier inmueble existente en que se encuentran las personas señaladas previamente”, explicaba el oficio.

Una vez concluido ese plazo inicial, la medida se renovó y se mantiene vigente hasta hoy. Eso sí, las afectados acusan que las rondas nunca se materializaron y que personal policial nunca resguardó el predio.

Las primeras ceremonias ancestrales

La primera celebración que hizo la comunidad fue el 12 y 13 de marzo de 2022. Lo divulgaron por redes sociales y explicaron que esa ceremonia fue para fortalecer el territorio.

A fines de ese mes, las cuatro familias que habitaban intentaron ingresar a sus casas. Les negaron el paso y según los documentos, los humillaron. El 18 de abril volvieron a insistir con resguardo policial y verificaron que después de romperles las puertas, les robaron cerca de $8 millones en diferentes especies.

Lo peor llegó en febrero de este año. Los dueños del predio junto a sus esposas ingresaron al terreno para revisar sus viviendas. Cuando se percataron de su presencia los amenazaron con lo que sería, un arma de fuego. Dañaron su vehículo y bajo amenaza los expulsaron. De presencia policial, nada. Los llamaron para pedir ayuda pero nunca se presentaron.

A la fecha, de toda la comunidad sólo han logrado identificar a cinco personas: Hernaldo Railaf Nauco, Juan Jarpa Nauco, Lucerina Nauco Vargas, Esmera Elvira Vargas y Benancio del Carmen Aguilar Navarro.

Estos últimos dos tienen la medida de abandonar el Fundo Punta Galera y la prohibición de acercarse. Pero existe una excepción decretada por el Juzgado de Garantía de Valdivia: “Salvo fechas para actividades de fe y religión, esto es el 23 y 24 de junio de 2023, quedando acotado a la cancha de palin, cementerio y ruco”.

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El informe antropológico

El tribunal fundamentó su decisión en un informe antropológico que realizó Paulo Castro Neira, doctor en Antropología Social. Entre sus trabajos figura un oficio a favor de Emilio Berkhoff, quien según la Corporación Nacional para el Desarrollo Indígena (Conadi) no registra solicitudes para su acreditación como mapuche. Pero debido al trabajo de Castro, la justicia reconoció su auto-identificación como mapuche.

No es lo único. También hizo un peritaje a Celestino Córdova para solicitar la conmutación de su pena. Su planteamiento era que el juez debía tener criterio de razonabilidad en su sentencia porque era una autoridad ancestral mapuche (machi).

En este caso, su documentación se usó para sustentar que las tierras reclamadas por la comunidad eran efectivamente de ellos. El documento concluye que “la reivindicación se fundamenta en que estas familias eran los ocupantes ancestrales del predio en forma permanente desde el año 1948 y hasta 1994, fecha en que las familias fueron expulsadas de su territorio por parte de la empresa Quilapán Ltda (…) Este territorio siempre estuvo habitado por familias mapuche, ocupación desconocida por el Estado de Chile”.

A su vez asegura que la comunidad Lonko Pablo Nauco inició la “recuperación territorial a partir de un llamado espiritual”. Ya que los antiguos kuifikeche (antepasados) “les pidieron a las familias retomar su territorio”.

Por lo anterior, la Corte permitió que los dos imputados puedan asistir a las actividades religiosas. Los querellantes y el Ministerio Público apelaron, pero se mantuvo la primera sentencia. Es más, también abrió la posibilidad de que puedan asistir a otras festividades religiosas.

La sentencia impugnada fue dictada por los ministros Juan Ignacio Correa Rosado, Samuel David Muñoz Weisz y María Soledad Piñeiro Fuenzalida, todos de la Corte de Valdivia.

La última jugada

El último movimiento de los querellantes fue interponer un recurso de queja para evitar que esta medida se llevara a cabo. Su justificación fue que “no existe ningún fundamento jurídico para que los ministros autoricen a los imputados por el delito de usurpación, y con orden de alejamiento, el volver a ingresar al fundo”. A su juicio, es contradictorio y provoca desprotección a las víctimas.

“En consecuencia, la manifestación de las creencias del pueblo mapuche también debe ajustarse al orden público y las normas vigentes sobre derecho de propiedad (…) No puede realizarse en un inmueble ajeno sin consentimiento del dueño. Así de simple, así de evidente”, expresa el documento.

Lo otro es que no existe ninguna cancha de palín o una ruka en el predio. Espacios que podrán ser usados en la ceremonia de año nuevo por los imputados. Ambos lugares también están mencionados en el informe antropológico. Lo que sí hay es un espacio abierto que fue usado como pista de aterrizaje en 1993, según los dueños. La ruka fue construida en 2022 mientras el terreno estaba tomado.

“Le están confiriendo a los imputados un derecho respecto de edificaciones construidas de manera completamente ilegal, sin consentimiento de los dueños del inmueble”, reza la solicitud de apelación.

En un último intento, los querellantes acudieron a la Corte Suprema, pero corrieron la misma suerte. Su recurso de queja fue rechazado.

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