Gerente de CGE por rechazo al convenio emanado de ley de prorrateo: "No afecta a los clientes"

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El directorio de la Compañía General de Electricidad (CGE) decidió no autorizar la firma del convenio que deriva de la Ley 21.423, norma que regula el prorrateo el pago de deudas de servicios básicos en el periodo de la pandemia.

Sobre esta resolución se refirió Jaime Espínola, gerente de Asuntos Corporativos de CGE.

“La decisión de no firmar este convenio no afecta en nada a nuestros clientes, en nada. Ha habido una interpretación errónea de la no firma de este convenio”.

“La gente va a seguir recibiendo todos los beneficios que establece esta ley, que es un prorrateo de la deuda y un subsidio que va a aplicar durante 48 meses para saldar las cuentas que los clientes hayan acumulado”.

“En esta ley que establece el prorrateo se estableció que la parte de la deuda que no logre cubrirse con el subsidio, las empresas deberíamos suscribir un convenio con el Ministerio de Energía y aceptar que la deuda se extinguía”.

“Para que una empresa lo acepte, tiene que renunciar a recibir el dinero que se le adeuda. Ahí, de esa forma, se salvaba la inconstitucionalidad de la ley”.

“De la boleta de la gente que nos paga a nosotros, lo recaudamos y el 80% tenemos que pagarlo a otros actores de la cadena. Cuando a nosotros los clientes no nos pagan, igual debemos pagar a esa cadena que son las generadoras y las transmisoras, que son las que permiten que este sistema funcione”.

Escucha la entrevista a Jaime Espínola, gerente de Asuntos Corporativos de CGE.

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El directorio de la Compañía General de Electricidad (CGE) decidió no autorizar la firma del convenio que deriva de la Ley 21.423, norma que regula el prorrateo el pago de deudas de servicios básicos en el periodo de la pandemia.

Sobre esta resolución se refirió Jaime Espínola, gerente de Asuntos Corporativos de CGE.

“La decisión de no firmar este convenio no afecta en nada a nuestros clientes, en nada. Ha habido una interpretación errónea de la no firma de este convenio”.

“La gente va a seguir recibiendo todos los beneficios que establece esta ley, que es un prorrateo de la deuda y un subsidio que va a aplicar durante 48 meses para saldar las cuentas que los clientes hayan acumulado”.

“En esta ley que establece el prorrateo se estableció que la parte de la deuda que no logre cubrirse con el subsidio, las empresas deberíamos suscribir un convenio con el Ministerio de Energía y aceptar que la deuda se extinguía”.

“Para que una empresa lo acepte, tiene que renunciar a recibir el dinero que se le adeuda. Ahí, de esa forma, se salvaba la inconstitucionalidad de la ley”.

“De la boleta de la gente que nos paga a nosotros, lo recaudamos y el 80% tenemos que pagarlo a otros actores de la cadena. Cuando a nosotros los clientes no nos pagan, igual debemos pagar a esa cadena que son las generadoras y las transmisoras, que son las que permiten que este sistema funcione”.

Escucha la entrevista a Jaime Espínola, gerente de Asuntos Corporativos de CGE.