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Los problemas del gobierno ante la crisis de la cesantía: la caída del poderoso abogado Samuel Donoso otrora amigo de correrías de Luis Hermosilla. Y un dato del Chile Day en Madrid: había poco español y mucho chileno.
El Jurisconsulto Samuel Donoso ejerce su derecho de aclaración y rectificación
Con fecha 17 de septiembre de 2026, en el programa titulado “La caída del poderoso Samuel Donoso”, emitido por Radio BíoBío Chile, y publicado en su portal, en el canal de YouTube del medio y de Spotify, su conductor y director, don Tomás Mosciatti, se refirió a mi persona, a propósito de la querella interpuesta por el Consejo de Defensa del Estado, entre los minutos 41:00 y 51:50 de la grabación. En ese segmento se formularon afirmaciones inexactas, se omitió información esencial que consta en registros judiciales públicos y se atribuyeron a mi persona dichos y conductas que jamás existieron, todo lo cual me alude injustamente y daña mi honor y mi honra.
Las afirmaciones que motivan esta rectificación son tres:
La primera, que yo me habría defendido de una querella por prevaricación y habría pedido “El sobreseimiento”, omitiendo que en dicha discusión de sobreseimiento se allanó el Ministerio Público.
La segunda, que el 12 de junio de 2024 habría ingresado en dos oportunidades a la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago y habría dirigido una “mueca burlona” a los abogados Claudio Wortsman y Daniela Awad, a lo que el conductor agregó frases que puso en mi boca (“yo puedo hacer esto, ustedes no, ustedes no saben lo que yo ya hice”).
La tercera, que en una reunión celebrada en el Ministerio de Hacienda en enero de 2015 habría intentado frenar las querellas del Servicio de Impuestos Internos en el caso SQM, alzando la voz y en tono imperativo, relato que contradice lo declarado bajo juramento por los propios asistentes a esa reunión, señores Michel Jorratt y Cristián Vargas, ante el Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.
En consecuencia, encontrándome dentro de plazo y en ejercicio de los derechos contemplados en el inciso tercero del artículo 19 N° 12 de la Constitución Política de la República, en el artículo 14 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en los artículos 16 y siguientes de la Ley N° 19.733, vengo en ejercer el derecho fundamental de aclaración y rectificación, solicitando se difunda, en forma gratuita, por el mismo medio, en el mismo programa y horario, y con características similares a la emisión en que se me alude injustamente, el texto de rectificación y aclaración que se transcribe a continuación y que se acompaña como anexo:
“En el programa “La caída del poderoso Samuel Donoso”, emitido el 17 de septiembre de 2026 y disponible en la página de radio bíobío y en YouTube, don Tomás Mosciatti formuló, a partir de la querella del Consejo de Defensa del Estado, afirmaciones inexactas sobre mi persona que rectifico y aclaro:
1. Sobreseimiento de la querella por prevaricación. Se afirmó que yo “me defiendo de una querella por prevaricación y pido su sobreseimiento”, insinuando que el resultado obedeció a la integración de la sala. Se omitió que el sobreseimiento definitivo de esa querella, presentada en 2022 por la abogada Daniela Awad, fue solicitado al Juzgado de Garantía y en su discusión, adhirió el Ministerio Público, que tras investigar concluyó que los hechos no eran constitutivos de delito. El juez de garantía lo decretó y la Corte de Apelaciones, en sala de tres ministros, se limitó a confirmar lo ya resuelto. No hubo favor alguno: hubo una decisión del ente persecutor ratificada por dos tribunales.
2. Supuesto ingreso a la Novena Sala el 12 de junio de 2024. Es falso que ese día ingresara a la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago y que dirigiera “una mueca burlona” a los abogados Claudio Wortsman y Daniela Awad. Ese día tenía alegato en la Corte Suprema; la apelación la alegó mi colega Gabriel Campos Valdés. Concurri para conversar con él y luego me retire. La frase “yo puedo hacer esto, ustedes no, ustedes no saben lo que yo ya hice” nunca fue dicha por mí: es una creación del conductor. Quienes declararon aquello ante la Fiscalía no son testigos imparciales: son los abogados que se querellaron en mi contra y contra quienes tengo interpuesta una demandada por indemnización de perjuicios ante el 18° Juzgado Civil de Santiago (Rol C-940-2023) por las falsedades de su querella por prevaricación. No es el único caso de estos abogados, es su modus operandi, ambos fueron a su vez querellados por denuncia calumniosa reiterada por los abogados Carlos Cortés Guzmán (Q.E.P.D.) y Sergio Rodríguez Oro (RIT O-13952-2024, 7° Juzgado de Garantía de Santiago), y la querella que la señora Awad dedujo en 2023 contra cuatro abogados del Banco BCI (RIT O-876-2023, 7° Juzgado de Garantía de Santiago) terminó con sobreseimiento definitivo y condena en costas. Corresponde informar estos hechos de los “testigos”.
3. Reunión en el Ministerio de Hacienda, enero de 2015. Citando un libro, el programa afirmó que yo “intentaba frenar las querellas”, que “alzaba la voz en tono imperativo”, que “había que pararlo todo”, que miraba “fría e intensamente” a Cristián Vargas y que me disculpé por “el tono”. Los dos funcionarios del SII que asistieron, Michel Jorratt y Cristián Vargas, declararon bajo juramento sobre esa misma reunión ante el Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago (caso SQM, RUC 1800604602-5) los días 6, 7 y 11 de diciembre de 2023, y dijeron otra cosa: (a) la reunión versó sobre una querella ya presentada el 9 de enero de 2015 y sobre la diligencia de incautación de la contabilidad de SQM incluida en ella; Vargas: “se nos requirió información sobre la querella presentada, sobre las razones que tuvimos para hacerlo, sobre los fundamentos de la querella”; no sobre impedir querellas futuras; (b) fue un debate jurídico recíproco; Jorratt: “una discusión más bien entre los abogados (…) sobre cuáles eran los argumentos”; Vargas: “un intercambio de opiniones fuertes”, en el que respondió porque Jorratt “me pidió que yo le contestara”; ninguno declaró gritos, tono imperativo, miradas ni disculpas; (c) no tuvo efecto alguno; Jorratt: “No, categóricamente (…) no tuvo ninguna consecuencia en el accionar del SII (…) fue una anécdota”; Vargas: “para mí no tuvo consecuencias”; (d) el propio Vargas suscribió luego la querella de 23 de marzo de 2015 y la denuncia de abril de 2015 contra SQM que dieron origen al juicio; (e) no “dije” dos días después que representaba a Patricio Contesse: ambos declararon haberlo sabido por la prensa, pues esa defensa fue siempre pública; y (f) a Vargas no lo despidieron “Bachelet y su gente”: Jorratt declaró que él mismo le pidió la renuncia por pérdida de confianza, tras las filtraciones a CIPER.
Lo que sostuve en esa reunión es que los hechos no configuraban delito tributario, tesis que dentro del propio SII compartían el ex director Ricardo Escobar, el subdirector de fiscalización Víctor Villalón y la jefa de gabinete del director, como reconoció Jorratt en el juicio. El Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago la acogió: el 22 de octubre de 2025 absolvió a todos los acusados, incluido Patricio Contesse, por no acreditarse “la falsedad ideológica de las boletas de honorario y facturas (…) y menos aún, el obrar doloso”, en sentencia de 4.356 páginas leída el 5 de agosto de 2026. No “gané” impidiendo una persecución penal: la persecución se ejerció íntegramente durante once años y terminó en absolución.”