Esta semana se realizará el pago del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), beneficio que ofrece el Estado para promover el empleo formal y la contratación de mujeres de grupos más vulnerables. En concreto, la fecha exacta del pago anual será este jueves 28, y para quienes hayan optado por el pago mensual, podrán recibirlo el viernes 29 de agosto.
Cuando una mujer postula a este beneficio, puede elegir si desea recibir los pagos de forma mensual o anual. Mientras que esta última suele pagarse en agosto, la alternativa mensual tiene la particularidad de que se entrega con un desfase de 4 meses desde la postulación y el último día hábil del mes.
Cabe destacar que en la modalidad de pago mensual el beneficio podría llegar a $44.157, aunque el monto exacto varía dependiendo de sus ingresos.
Pago anual: que tu renta bruta anual sea inferior a $7.948.180. Puedes recibir hasta $678.028, dependiendo de tus ingresos.
Pago mensual: que tu renta bruta mensual sea inferior a $662.348. Puedes recibir hasta $44.157, dependiendo de tus ingresos.
¿Quiénes pueden recibir el Bono Mujer Trabajadora 2025?
Según explica el sitio web que el Sence destina a este beneficio, las mujeres pueden postular en cualquier momento del año, pero deben cumplir con dos tipos de requisitos:
Antes de ser beneficiarias deben:
-Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
-Pertenezcan al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
-Estar trabajando de manera dependiente y/o independiente.Para recibir el pago deben:
-Tener al día los pagos de cotizaciones de pensión y salud.
-Elegir el pago mensual o anual.
-En la primera opción deben acreditar una renta brutal mensual inferior a $635.651. En la modalidad anual, la renta bruta anual debe ser inferior a $7.627.812.
-No trabajar en una institución del Estado, municipios incluidos; o en una empresa privada que reciba aporte estatal igual o superior al 50%.
-No ser beneficiaria del Ingreso Mínimo Garantizado para el período de renta procesado.
-Si es trabajadora independiente, debe emitir boletas de honorarios y realizar la Declaración de Renta del Servicio de Impuestos Internos (SII).