Como es la norma de los últimos años, el presidente Boric ha enviado un instructivo de austeridad respecto al gasto público, focalizado en la contratación de funcionarios e incluyendo instrucciones especiales respecto a la contratación de parientes, en un llamado para ir “más allá de la ley y de las demás normas que regulan estas materias”.

Hay dos asuntos que me llaman la atención. En primer lugar se establece que todos los criterios que contiene este instructivo se refieren a contrataciones que no se encuentren sometidas a procesos de selección vía Alta Dirección Pública( ADP) ya que ese es “un proceso transparente y cuenta con reglas especiales que aseguran la contratación de personas idóneas para las funciones que deben cumplir que dan garantías de mayor imparcialidad e independencia para efectuar la selección, tales como la intervención en ellos de terceros ajenos a la institución respectiva”.

Claramente esa declaración no guarda relación con la realidad, toda vez que es sabido que, a la entrada de un nuevo gobierno, a muchos de los cargos seleccionados por ADP se les pide la renuncia y este gobierno no ha sido la excepción. O sea, la idoneidad es un elemento bien relativo. Y también, porque es vox populi de que quien manda a hacer el proceso solicita que se incluya en la terna a algunos nombres afines a la corriente política del gobernante de turno; incluso en algunos casos se diseña el proceso para que alguien especifico ocupe el puesto y no se pierda en el proceso. De otra forma no se entiende que los ADP, en la mayoría de los casos, se los gana el sector del partido gobernante.

El segundo asunto es la marcada diferencia que se hace respecto a la imposibilidad de que ministros y subsecretarios puedan contratar, en los servicios de su dependencia, a cónyuges o convivientes civiles y parientes hasta el 4to grado de consanguinidad y segundo por afinidad, ambos inclusive. Y la norma, muy positiva, por cierto, va más allá en el sentido de que hijos, padres, cónyuges o parejas de las principales autoridades no podrán ser contratadas en gabinetes de otros Ministerios o Subsecretarías.

Pero como en todas las cosas, alguna letra chica queda, y la diferencia respecto al párrafo anterior radica en que cuando la jefatura sea en otros cargos de exclusiva confianza, todos estos parientes podrán ser contratados “mientras se informe previamente” a la Comisión Asesora Presidencial sobre Integridad Pública y Transparencia (presidida por la Subsecretaría General de la Presidencia).

Misma regla deberá seguirse cuando la contratación corresponda a parientes de otras autoridades en cargos donde esta sea un cargo de confianza, como Ministerios, Subsecretarías, etc. Ahí habrá que informar a la misma Comisión asesora de que entrará algún hijo, padre, cónyuge o parejas de parlamentarios, gobernadores, alcaldes, concejales u otras autoridades electas. No se requiere autorización, solo informar antes de la contratación. Se entiende entonces que, por ejemplo, los votos en el Parlamento se requieren y una buena fórmula es tener favores que pagar.

Todo es un avance, por cierto. Y a pesar de que siempre hay parientes “súper calificados”, “muy reconocidos” y con “grandes habilidades”, la ciudadanía espera que no siga entrando gente por la ventana y se ratifique el discurso de que se gobernará con los mejores o que no se gobernará con los amigos o parientes, disminuyendo así el tráfico de influencias, el nepotismo y apitutamiento.

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