Existen las corporaciones municipales que se nutren de dineros no considerados en el presupuesto del municipio y que hasta ahora nadie fiscaliza. Estas organizaciones fantasmas reciben donaciones privadas sin que exista la obligación de indicar quienes las entregan y han podido efectuar adquisiciones y compras sin la obligación de enmarcarse en los procedimientos, controles sobre transparencia y resguardo de la probidad que garanticen la inexistencia de potenciales conflictos de intereses. El jefe absoluto de ellas es el alcalde de turno y al considerárselas privadas no rendían cuenta a nadie, luego, todos los obsequios a sus partidarios se mantenían en secreto.

Cuando se conocieron las transferencias de recursos municipales a estas corporaciones funcionales para que los apitutados de los alcaldes de turno recibieran de éstas altísimos sueldos por presuntas gestiones y “estudios” inservibles, prácticamente toda la prensa repetía lo que decían los interesados en orden a que, por ser privadas esas corporaciones municipales, nadie tenía derecho a conocer sus arreglines y escamoteos de platas públicas para fines inconfesables, lo que ha sucedido, entre otras tantas, en Vitacura, Viña del Mar, Lo Barnechea y Las Condes, cuyo alcalde Joaquín Lavín, después que no pudo ser candidato presidencial, está escondido en algún lugar de España y desde allá apoya al candidato presidencial de la ultra derecha integrista.

El argumento esgrimido para justificar la existencia de estas organizaciones funcionales era la lucha contra la creciente burocracia del Estado, pues se necesitaba agilidad para implementar las decisiones que las municipalidades habían adoptado en beneficio único de sus vecinos. Lo anterior era la “pomada” para mejorar los ingresos monetarios de los regalones de los alcaldes. Por ello, en septiembre pasado, en conocimiento que esa pretensión era falaz, publicamos en esta tribuna, con la asistencia de los abogados Miguel Depolo y Patricio Cavada, la columna.

Pues bien, dándonos la razón, a través del dictamen Nº E160316 del reciente 29 de noviembre de 2021, la Contraloría General de República estableció que las Corporaciones Municipales son órganos públicos para efectos de la aplicación de determinadas regulaciones del Derecho Administrativo, en particular:

– Ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
– Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
– Ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública.
– Ley N° 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.
– Ley N° 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses.

Los aspectos de esas leyes aplicables a las “organizaciones funcionales” pueden ser revisados aquí.

Un ejemplo reciente del mal uso de las “organizaciones funcionales” es lo ocurrido en la comuna de Colina, donde la Corporación Municipal de Desarrollo Social compró en trato directo un terreno agrícola de 5 hectáreas en la no despreciable cifra de UF 100.000, con la expectativa de que sería transformado en urbano por el Seremi de Vivienda y Urbanismo, campeón en aplicar las normas como se lo piden sus amiguis. Es un caso similar al escándalo que involucró a la nuera de la ex presidenta Bachelet (caso CAVAL), pero con el agravante que los dineros involucrados en Colina son públicos y no de privados como en Machalí.

Sobre lo precedente, la Contraloría pidió informe a la nueva alcaldesa Isabel Valenzuela por este gravísimo asunto y suponemos que ella debería estar muy preocupada puesto que la gestión municipal anterior de Mario Olavarría le dejó una carga muy pesada, de casi US$ 4 millones, que podría costarle el puesto producto del grave detrimento al patrimonio de la municipalidad generado y por generarse en los próximos años y no haber ejercido las acciones necesarias para revertirlo al asumir su cargo.

Con este clarísimo y necesario dictamen de Contraloría se podrán conocer muchas situaciones incómodas y los amigos del poder municipal, los que recibían graciosamente millones de pesos mensuales, ahora tendrán que contratar a muy buenos abogados, de aquellos cuyas fotografías se publican en la prensa hegemónica, para explicar a la opinión pública cuáles fueron sus sesudos aportes intelectuales que justificaban las cariñosas mensualidades monetarias que recibían de los alcaldes.

A partir de ahora, la ciudadanía tendrá un efectivo control para que se transparenten todos los usos de los recursos públicos municipales. En Las Condes hay un caso pendiente respecto de los subidos sueldos que, por mucho tiempo, han estado recibiendo los operadores UDI que administran el Parque Padre Hurtado. Es más, este juguetón municipio también ha sido muy dadivoso con el mall Parque Arauco, pues les ha otorgado a sus dueños un permiso de ampliación para que en ese terreno se levante una torre comercial de 51 pisos, en circunstancias que la norma urbanística admite solo 15 pisos. Sí, estimados lectores, así es, aunque ustedes no lo crean.

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