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Vuelco en caso de homicidio en Cerro Navia: Corte ordena nuevo juicio a condenado a 10 años de cárcel

07 octubre 2025 | 17:42

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de nulidad presentado por la defensa de un condenado a diez años de cárcel por un homicidio simple ocurrido en Cerro Navia en 2020 y ordenó realizar un nuevo juicio oral contra el acusado, anulando así tanto la sentencia como el proceso judicial anterior.

Cabe señalar que la sentencia del Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago contra el acusado fue dictada el 31 de julio de este año. Se le condenó a diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, en calidad de autor de un homicidio simple cometido el 27 de marzo de 2020, la que debía cumplirse de forma efectiva.

La defensa del condenado interpuso un recurso de nulidad en la audiencia pública del 16 de septiembre, el cual fue revisado y acogido por el tribunal de alzada capitalino.

Los hechos expuestos por el tribunal indican que ocurrieron a las 17:30 horas de la jornada antes mencionada. Según la defensa del acusado, no se consideró un antecedente objetivo: el Dato de Atención de Urgencia del propio condenado, cuya hora de ingreso fue a las 17:49 horas.

Es decir, con el dato aportado por la defensa, el suceso establece que alrededor de las 17:30 horas se sitúa el lugar del crimen en calle Santos Luis Medel, mientras que el acusado fue atendido unos 19 minutos después en el SAPU de Renca.

En la información clínica, el acusado declaró que aproximadamente 20 minutos antes había sufrido impactos de bala en el abdomen y el antebrazo izquierdo, siendo dado de alta el mismo día a las 19:26 horas.

Corte ordena un nuevo juicio oral contra acusado de homicidio en Cerro Navia

En lo referido al tiempo entre el hecho investigado y las lesiones sufridas por el acusado, el tribunal indicó que se “trataba de tiempos aproximados“.

“Presumiendo que, perfectamente, antes de concurrir al centro asistencial el imputado pudo y tuvo el tiempo suficiente para apersonarse en el domicilio del afectado, toda vez que este reconoció que la casa del occiso le quedaba cerca”, se detalla.

La misma Corte de Apelaciones concluye que lo establecido “carece de sustento en la prueba rendida por el ente persecutor“, ya que en la causa no se menciona un intercambio de disparos, por lo que las lesiones sufridas por el imputado pudieron “provenir de un suceso distinto”.

Por lo tanto, el tribunal de alzada concluye que el fallo del Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago “deja abierta una serie de interrogantes y contradicciones“.

En conclusión, “la sentencia en revisión incumple la exigencia legal de motivación“, dice la Corte. Debido a lo anterior, resulta “procedente declarar la nulidad” de la condena.

“En consecuencia, se invalidan tanto la sentencia de fecha 31 de julio de 2025 como el juicio oral que le antecedió en el proceso“, señala el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago.

Es así como la causa se retrotrae a una nueva audiencia de juicio oral ante un “tribunal en lo competente y no inhabilitado que corresponda”.