Este martes la Fiscalía Metropolitana Sur consiguió la confirmación de la medida cautelar de prisión preventiva para el exjefe comunal de la comuna de San Ramón, Miguel Ángel Aguilera (Ex PS).

El 15° Juzgado de Garantía de Santiago confirmó la prisión preventiva para el exalcalde de la Municipalidad de San Ramón, Miguel Ángel Aguilera, investigados por los delitos de cohecho, lavado de activos y enriquecimiento ilícito.

La revisión de la medida cautelar que Aguilera está cumpliendo desde julio de este año, fue solicitada por su defensa durante esta semana.

Contrario a lo anterior, el fiscal jefe de Delitos Generales de la Fiscalía Metropolitana Sur, Víctor Núñez, indicó que se debía mantener la prisión preventiva para el acusado, lo que finalmente fue ratificado por el Juzgado de Garantía capitalino.

En tanto el abogado querellante, Ignacio Ried,aseguró que la medida es perfectamente proporcional a los hechos por lo que está siendo investigado.

En la misma línea, el tribunal decidió mantener la medida cautelar más gravosa para el exmilitante socialista, en el penal Santiago 1 en la región Metropolitana.

Cabe destacar que el pasado 25 de octubre, el mismo juzgado determinó mantener su prisión preventiva por “riesgo de fuga”, además de indicar que el exjefe comunal sigue siendo un peligro para la sociedad.

El exalcalde, Miguel Ángel Aguilera también fue acusado hace algunos años de tener vínculos con el narcotráfico, y además a comienzos de este mes, la Contraloría General de la República remitió ante el Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado (CDE) antecedentes sobre beneficios en plena pandemia a fallecidos y menores de edad, además de advertir la entrega de ayuda a personas con vínculos de matrimonio o parentesco respecto de más de 220 autoridades y funcionarios del municipio bajo su mando.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)