El 12° Juzgado Civil de Santiago condenó a la administración de un edificio de Las Condes a pagar una millonaria indemnización por los perjuicios provocados por un corte ilegal del suministro eléctrico en uno de los departamentos.

De acuerdo a los antecedentes, la dueña del inmueble aseguró que a pesar de que el departamento no se encontraba habitado, registraba un consumo mínimo de gas que se cobraba mensualmente en conjunto con los otros gastos asociados. Sin embargo, acusó que en junio de 2016 se percató que el ítem de calefacción de los gastos comunes era “extremadamente alto” por lo que envió una serie de correos a la administración para saber qué pasaba.

Debido a que no habría obtenido respuesta, decidió pagar solamente los gastos comunes –excluyendo las cuentas de gas– hasta que tuviera una explicación. No obstante, posteriormente acusó que el comité de administración le cortó en febrero de 2017 el suministro eléctrico.

La demandante aseguró que le cortaron el suministro eléctrico pese a que en ese momento se había pagado la totalidad de los gastos comunes, excluidos los montos cobrados por calefacción.

Actuar arbitrario

En la sentencia, la magistrada refrendó la resolución de juzgado de policía local que estableció el actuar arbitrario del comité de administración de la comunidad demandada.

El fallo estableció que “habiendo sido establecida una conducta ilegal por parte de los demandados, esto es, contraria a la ley, por un Tribunal competente, y encontrándose tal sentencia en carácter de firme, no puede esta sentenciadora alterar el carácter de verdad inmutable que dicha sentencia tiene”.

“Por esta razón, no pueden ser admitidas las alegaciones efectuadas por las demandadas, en orden a que no habrían cometido alguna infracción en relación al artículo 5° de la Ley N° 19.537″, se añadió.