La Fiscalía Oriente afirmó que a Francisco Camplá, el hombre formalizado por homicidio frustrado contra manifestantes al exterior del Portal La Dehesa en noviembre, se le revocó la medida cautelar de prisión preventiva por descartar el disparo injustificado.

Los hechos ocurrieron específicamente el 25 de noviembre en la tarde-noche, tras una protesta realizada en el marco del estallido social.

El hombre fue sorprendido por personal de Carabineros que estaba en el lugar, siendo inmediatamente detenido. En su vehículo marca Audi se hallaron dos armas de 9 y 22 milímetros. Además, se constató que manejaba en estado de ebriedad.

Además, la persecutora adjunto de la Fiscalía local de Las Condes, Valeria Gómez, afirmó que otro de los atenuantes considerados por la Corte de Apelaciones de Santiago fue su irreprochable conducta anterior.

“Se habló de estimar que el disparo injustificado no resultaría precedente. Nosotros estaríamos de acuerdo porque en el fondo hay una infracción al non bis in idem, en el fondo el disparo injustificado ya está considerado para el hecho del tipo penal considerado como homicidio frustrado”, explicó.

El hombre de 61 años está formalizado por homicidio frustrado, porte ilegal de armas y conducción en estado de ebriedad. Ahora, deberá cumplir la medida cautelar de arresto domiciliario total.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)