El Décimo Juzgado Civil de Santiago condenó a Integramédica Centros Médicos S.A. y a una gastroenteróloga a indemnizar a una paciente y su grupo familiar por un actuar negligente en una colonoscopía que derivó en la perforación de su colon.

En el fallo, la magistrada Guinette López estableció la responsabilidad de la profesional -Jacqueline Ampuero- y del centro asistencial por no haber proporcionado a la paciente la información previa, veraz y ajustada a su situación particular, sobre los riesgos asociados al procedimiento médico.

De acuerdo a los antecedentes, el 14 de octubre de 2015 la paciente se dirigió a una consulta por dolores estomacales e hinchazón al momento de ingerir alimentos, instancia en la que le pidieron realizarse una colonoscopía para saber el motivo de las molestias.

De esta manera, el 4 de diciembre de ese mismo año asistió al centro de Integramédica de San Bernardo para realizarse el examen, donde se le aplicó un sedante intravenoso.

“Normalmente el examen de colonoscopia es un procedimiento de corta duración, el cual no sobrepasa los 45 minutos. Sin embargo, después del transcurso de más de tres horas, una enfermera de turno le dio avisó a su esposo que ingresara ayudar a vestir a la mujer. Al momento de ingresar a la sala de procedimiento para vestir a su esposa, se da cuenta del estado de inconsciencia y sin control en el que se encontraba su cónyuge, por lo que tuvo que llevarla a vestir a un baño que le indicó la enfermera, el cual se encontraba absolutamente sucio, desaseado y sin ninguna higiene”.

Una vez que fue dada de alta y pudo volver a su casa, comenzó a sentir molestias permanentes, las cuales fueron aumentando en intensidad durante los días posteriores. Esta situación le provocó dolor abdominal, hinchazón y sangramiento anal.

Tras llevarla de urgencia a la Clínica Dávila el 7 de diciembre, se determinó que tenía una perforación de colon, por lo que debió ser intervenida de urgencia en el Hospital del Pino.

De esta manera, el fallo estableció que “se tuvo por establecido en el considerando vigésimo cuarto que la perforación de colon padecida fue consecuencia directa de la colonoscopía practicada por la doctora doña Jacqueline Ampuero el día 4 de diciembre de 2015 en el Centro Médico Integramédica de la comuna de San Bernardo; y en el considerando vigésimo sexto que existió una conducta ilícita y culpable de las demandadas, al no haber entregado previamente información veraz y ajustada a su situación particular de los riesgos acrecentados que implicaba para su salud someterse a una colonoscopía”.

La magistrada determinó acoger la demanda principal y subsidiaria de indemnización de perjuicios, sin embargo, se indicó que “se hace lugar a la reserva del derecho a litigar sobre la especie y el monto de los perjuicios en la etapa de ejecución del fallo o en otro juicio diverso”, como se había pedido en la demanda, debido a que no habría certeza de todos los gastos en los que deberían incurrir para reconstruir el intestino.