La Corte de Apelaciones de San Miguel revocó la medida cautelar de internación provisoria en la que se encontraban dos adolescentes acusados del delito consumado de incendio con peligro para las personas, ocurrido en la comuna de Buin.

El lunes 4 de noviembre de 2019, los adolescentes S.A.A.T. y de J.A.C.M. -ambos de 17 años- llegaron hasta una plaza ubicada al frente de la Municipalidad de Buin. De acuerdo a los antecedentes de la investigación, habrían dejado bolsas de basura y cartones en el frontis del edificio del municipio para prenderles fuego.

Posteriormente, según se indica en los antecedentes, las personas del grupo “huyeron hacia la plaza de Buin, quedándose en dicho lugar observando cómo se incendiaba. El fuego fue apagado por funcionario de dicha municipalidad quedando puertas parcialmente quemadas”.

Tras la audiencia de formalización realizada el 5 de noviembre, fueron formalizados por el delito de incendio, quedando ambos con las medidas cautelares de internación provisoria en centros del Sename.

Sin embargo, a través de un fallo dividido, la Quinta Sala del tribunal de alzada capitalino revocó la resolución apelada, dictada por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, por estimar que la necesidad de cautela de los imputados se satisface con medidas de menor entidad que la internación decretada.

“Se revoca la resolución apelada de 13 de enero del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que mantuvo la internación provisoria de los imputados J.A.C.M. y S.A.A.T y, se declara que se sustituye por la medidas cautelares (…) arresto domiciliario total y la prohibición de salir del país”, se indicó.

De esta manera, los dos menores deberán permanecer con arresto domiciliario total y arraigo nacional. Sin embargo, en conversación con BioBioChile, Marlen Quintanilla -abogada de J.A.C.M.- señaló que en febrero se cumplirá el plazo de investigación, fecha en la cual pedirán una nueva audiencia para discutir sus cautelares y también espera una audiencia de reformalización por el delito de daños consumados.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)