La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a la empresa Comercial Maifa Limitada, de la cadena de Hoteles Diego de Almagro, a pagar a la Entidad de Gestión Colectiva de Derechos de Productores Audiovisuales (Egeda) por infringir la ley de propiedad intelectual, al exhibir sin autorización obras protegidas por el derecho de autor.

En fallo unánime, la Cuarta Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de casación en el fondo deducido en contra la sentencia que acogió la demanda, tras establecer que la sociedad hotelera debe pagar por los derechos de autor derivadas de la exhibición de obras audiovisuales en sus habitaciones, ya que no se trata de un uso doméstico de los sistemas de televisión por cable o satelital.

La parte demandante, indica la acción legal presentada, que “desde al menos el 1 de noviembre de 2009, en el establecimiento público se utilizan comunicándolas al público, obras audiovisuales del repertorio representado por EGEDA, sin haber obtenido su autorización, ni menos individualmente de cada uno de los titulares de los derechos de autor”.

Por su parte, la cadena demandada se defendió y sostuvo que lo que se transmite a través de los equipos de televisión en las habitaciones del hotel corresponde a la señal emitida por los canales de televisión incluidos en el contrato celebrado con el operador de cable que paga las tarifas por concepto de comunicación pública y que dicha señal llega directamente a los clientes en sus habitaciones.

El jurado avaló la acusación de los demandantes y sostuvo que “un establecimiento hotel constituye una unidad a la que accede el público en general, no pudiendo dividirse sus dependencias en públicas o privadas, puestas que se encuentran al servicio de los usuarios que accedan a ellas en virtud del contrato de hospedaje”.

La resolución agrega que: “En dicho sentido, la difusión de obras audiovisuales no deja ser pública por el hecho que cada uno de los huéspedes acceda o pueda acceder a las obras transmitidas no colectivamente y en un mismo lugar, sino individualmente, y en espacios especialmente reservados para esta clase de acceso, como son las habitaciones del respectivo recinto”.