La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó los recursos que presentó el Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado buscando anular la sentencia en la arista Colina del Caso Basura.

Así, el tribunal de alzada confirmó la absolución de los funcionarios municipales, incluyendo al alcalde Mario Olavarría, quien criticó la indagatoria liderada por el fiscal José Luis Pérez Calaf y la calificó como abusiva.

En la instancia, no sólo se había acusado por fraude al Fisco y malversación de caudales públicos a Olavarría, sino también a la asesora de la Secretaría Comunal de Planificación (Secpla), Marcela Morales Aliste; la directora de Dirección de Desarrollo Comunitario (Dideco), Isabel Valenzuela Ahumada; y el asesor de Dideco de Cerro Navia, César Vidal Vega.

La causa que se conoció como la “arista Colina” deriva del denominado Caso Basura, el que comenzó a ser indagado en 2015 y donde se le imputó a los jefes comunales de Cerro Navia, Maipú, Ñuñoa y Colina, el haber hecho diversas acciones ilegales con el fin de favorecer a una empresa determinada, para recolectar los residuos domiciliaros.

Sin embargo ya fue absuelto el exalcalde de Ñuñoa, Pedro Sabat y el actual jefe comunal de Colina, Mario Olavarría, entre otros funcionarios municipales, pero tal como lo hizo con Ñuñoa, el fiscal José Luis Pérez Calaf, interpuso un recurso buscando la nulidad a la sentencia absolutoria de la arista Colina, en la Corte de Apelaciones de Santiago.

En fallo unánime, la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los ministros Alejandro Rivera, José Pérez Anker y el abogado integrante Cristián Lepín, confirmó la sentencia recurrida que en su momento dictó el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina.

Tras la confirmación del tribunal de alzada, el alcalde de Colina, Mario Olavarría, destacó la resolución y aprovechó de criticar la labor del fiscal Pérez Calaf.

“Estoy contento, satisfecho, pero también debiera haber un reproche para este tipo de investigaciones que realizan fiscales, como en este caso el fiscal regional Pérez Calaf, que en forma arbitraria, abusiva, siguió este caso hasta donde él quiso, hasta el juicio, sin tener antecedentes para haberme involucrado”, expresó.

Los ministros de la Corte aseguraron que una discrepancia de pareceres en cuanto a la valoración de una prueba no es suficiente por si sola para justificar una causal de nulidad, dando su respaldo categórico a la resolución del Tribunal oral en Lo Penal de Colina al confirmar la absolución.

A continuación puedes revisar el fallo:

Fallo de la Corte dee Apelaciones de Santiago