La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la presentación de desacato en contra del alcalde Daniel Jadue presentada por la empresa Desarrollo Inmobiliario Bellavista S.A.

El fallo estableció que la Municipalidad de Recoleta ha dado cumplimiento de la orden de no innovar concedida con fecha 26 de febrero de 2019.

En lo referente al acuerdo del Concejo Municipal de Recoleta de allanarse a la demanda de nulidad de derecho público, interpuesta por la Universidad de Chile, la Corte de Apelaciones de Santiago estimó que no constituye ni una transgresión ni un desacato de la orden de no innovar, puesto que esta demanda recae sobre actos administrativos distintos.

Según informó el municipio, la Corte indicó que la orden de no innovar corresponde a la caducidad del permiso de edificación que amparó la construcción del Conjunto Armónico Bellavista y no de los permisos.

Por lo tanto, señalaron, “la decisión del Concejo Municipal de Recoleta de allanarse a la demanda de nulidad de los permisos de construcción y la demolición de pisos que se elevaron a más del doble de altura de lo legalmente permitido, constituye un derecho de defensa que cualquier demandado puede legítimamente ejercer en un juicio”.