La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a un médico patólogo a pagar una indemnización de $40 millones por actuar negligente al informar erróneamente el resultado de una biopsia.

En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada revocó la sentencia de primera instancia, dictada por el 26° Juzgado Civil de Santiago, que rechazó la demanda.

En la demanda explican que la paciente se operó en 2008 en el hospital Dipreca por un quiste que tenía en la glándula submaxilar izquierda. Tras la operación, según protocolo de rigor, se le efectuó una biopsia post operatoria a efectos de revisar si aún existían signos del tumor maligno.

“El doctor a cargo de analizar, interpretar e informar esta biopsia fue el médico demandado cuyo resultado fue negativo a la presencia de elementos de malignidad, por lo que su representada retomó su vida dentro de lo que le era posible y dicho médico le dio el alta, con los debidos controles y cuidados”, detalla.

Sin embargo, un año más tarde “reaparecieron en su representada los signos del quiste en la misma zona maxilar”. Al intentar practicar una segunda intervención pero ahora en un centro particular, el médico constató la existencia del mismo tumor, “lo que le llevó a no perseverar y a realizar una nueva biopsia, evidenciando que el tumor se mantenía”.

El médico “solicitó revisar las placas que tuvo a la vista el médico demandado a efectos de chequear los resultados, las que también fueron revisadas por los laboratorios de anatomopatología de la Clínica Dávila y de la Clínica Santa María, arribando ambos centros a que la conclusión de dicho profesional era errada y que los resultados de la biopsia post operatoria eran positivos, por lo que se mantenía el tumor.

“Esta secuencia de hechos pone de manifiesto que la conducta profesional del demandado fue negligente no sólo porque incurrió en un diagnóstico equivocado, sino también porque atendida las características del tumor que le correspondía examinar, se hacía necesario proceder con el máximo de cautela para lo cual el concurso de otros profesionales del área con quienes confrontar su opinión”, resolvió el tribunal.

Asimismo, consideró que la consecuencia es que la demandante “se enfrenta a una situación terminal, que se podría haber evitado oportunamente con la práctica de una resección radical que hubiere extirpado la lesión original en forma completa”.

“Es responsable del daño causado surgiendo así obligación de responsabilidad de indemnizar los perjuicios provocados”, concluyó.