El Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a un hombre a indemnizar a un vecino al que le disparó en la pierna en junio de 2015, en la comuna de Renca.

Se trata de Waldo Andrés Pulgar Reyes, quien fue condenado a 61 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena, en calidad de autor del delito consumado de lesiones graves.

En fallo unánime, el tribunal descartó que el acusado haya actuado en legítima defensa. El día de los hechos, exponía su defensa, un grupo de vecinos llegó hasta su vivienda para “amenazarlo muerte, de quemarle la casa, agredirlo y a su familia” tras una discusión originada por maleza en su entrada de auto.

“Intentaron hacer ingreso, disparó hacia la puerta y al suelo, por eso le alcanzó una pierna”, detallaron.

Sin embargo, el tribunal descartó que se configuraran los elementos necesarios para probar legítima defensa, debido a que el tribunal no consideró que haya estado en “peligro inminente”.

Para el cumplimiento del beneficio de la remisión condicional, el condenado deberá “someterse a la supervigilancia y control de Gendarmería de Chile”.

En el aspecto civil, el tribunal condenó a Pulgar Reyes a pagar al demandante la suma total de $11.482.880 por concepto de daño emergente y daño moral.

En la determinación de la pena, el tribunal consideró que la pena “se rebajará al de presidio menor en su grado mínimo, y específicamente en 61 días, tomando en cuenta para ello, que la sanción penal debe ser suficiente como para comprender el desvalor del acto y de resultado, así como los factores que comprenden la imputación personal, conforme a lo referido en el artículo 69 del Código Penal”.