La Corte de Apelaciones de Santiago acogió recurso de protección y ordenó al Servicio de Impuestos Internos (SII) rebajar el monto de pago de impuesto territorial (contribuciones) a contribuyente de la tercera edad.

En fallo unánime, la Undécima Sala del tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario del SII al no renovar el beneficio de la Ley N° 20.732 a profesora jubilada, a quien se le aumentó el avalúo fiscal de inmueble de su propiedad, ubicado en la comuna de Las Condes.

El fallo señala que “la recurrente contaba con el beneficio tributario con anterioridad al alza experimentada respecto de su inmueble”.

“El SII nunca dictó ningún acto administrativo tendiente a informar a la contribuyente sobre la pérdida de la rebaja tributaria (…) en circunstancias que el cambio de status jurídico patrimonial, importa, en los hechos, un aumento considerable de la carga impositiva de la recurrente”, señala el fallo.

Así, agrega que “los ingresos de la recurrente permiten subsumirla dentro del segmento de adultos mayores vulnerables y el Estado de Chile debiendo brindarles protección, resultando plenamente aplicables a su respecto las normas de protección dictadas”.

“Resulta arbitrario, en primer término que la pérdida de la exención no haya sido motivada en un acto administrativo idóneo que le haya permitido a la contribuyente conocer las razones de la administración para privarla de una franquicia de la que previamente gozaba”, afirma la resolución.

Asimismo, consideró la Corte de Apelaciones, que “(…) el aumento experimentado en el avalúo del inmueble, no se condice con el incremento de reajustabilidad que establece la ley en orden a optar al beneficio tributario, ya que por una parte la recurrente pudo gozar de dicho beneficio y por un acto independiente de su voluntad, pierde dicho beneficio”.