La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la Clínica Santa María S.A. a pagar una indemnización total de $1.546.246 por su actuar negligente al dejar compresa en cavidad abdominal de paciente sometida a una histerectomía.

En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada revocó el fallo impugnada, dictado por el Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago, que rechazó la demanda.

Según explicó el fallo, el correcto protocolo relativo al uso de las compresas y del material textil en una intervención médica impone contabilizar la entrega de estos enseres en forma previa a la operación y al cierre de la cavidad abierta del paciente, “lo que debe ser comunicado al médico cirujano, quien solo tras esa corroboración procede a suturar dicha herida”.

La resolución agrega que “No existe discusión en que una compresa quedó alojada al interior del cuerpo de la actora sin ser detectada por quienes debían hacerlo”.

Así, concluye, se condena a la empresa “a pagar a la actora las sumas de $546.206 a título de daño emergente y de $1.000.000 por concepto de daño moral”.