La Corte Suprema confirmó el fallo condenatorio contra una empresa inmobiliaria, la que deberá pagar una millonaria indemnización a una mujer que terminó lesionada tras sufrir una caída en el mall Portal Quilicura.

Según informó el portal del Poder Judicial, la empresa Valcan Ltda. deberá indemnizar un monto de 2 millones de pesos a la afectada, quien terminó con una fractura de muñeca, y el pago de 50 UTM de multa.

Los ministros Hugo Dolmestch, Lamberto Cisternas, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm y la abogada (i) María Cristina Gajardo integraron la sala que descartó infracción a la ley en la sentencia impugnada, la que fue dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago.

El fallo agrega que “como se evidencia de una atenta lectura del recurso intentado, en éste se cuestionan las conclusiones que alcanzan los jueces recurridos, al determinar que la inmobiliaria denunciada incurrió en la infracción establecida en el artículo 23 de la Ley de Protección al Consumidor y que fueron denunciadas por doña Mercedes Ravanal Gonzalez”.

El artículo 23 de la Ley de Protección al Consumidor señala que “Comete infracción a las disposiciones de la presente ley el proveedor que, en la venta de un bien o en la prestación de un servicio, actuando con negligencia, causa menoscabo al consumidor debido a fallas o deficiencias en la calidad, cantidad, identidad, sustancia, procedencia, seguridad, peso o medida del respectivo bien o servicio”.