La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de nulidad y de esta forma confirmó la sentencia que condenó a un hombre como autor de dos delitos.

De acuerdo a un fallo unánime, se descartó la infracción de ley en la sentencia dictada por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó a Juan Díaz Arancibia a 20 y 12 años de cárcel. El hombre fue declarado como autor de los delitos de robo con homicidio y robo con violencia calificado ocurridos durante junio y julio de 2016 en la comuna de Quinta Normal, región Metropolitana.

Uno de los delitos por el cual fue condenado fue un robo con homicidio ocurrido afuera de una farmacia de Quinta Normal, donde Díaz Arancibia en conjunto a un joven de 21 años, siguió a una pareja que se estacionó en calle Carrascal. Cuando un hombre bajó del auto para entrar a la farmacia, Díaz Arancibia intimidó a la mujer y la obligó a bajar del automóvil. Pese a que no opuso resistencia, le disparó a la altura del tórax y le provocó la muerte.

El segundo delito por el cual se le condenó ocurrió el 8 de julio de 2016, cuando ingresó con un arma de fuego a la oficina de la empresa de radio taxi Rent a Car Carrascal. En dicho lugar intimidó a un trabajador para robarle las llaves de su auto, sin embargo el hombre opuso resistencia por lo que Díaz Arancibia lo golpeó en la cabeza con la empeñadura del arma y posteriormente le disparó en la pierna. Esta agresión le provocó lesiones de carácter grave.

La defensa reclamó que su representado colaboró con la justicia por lo que debía haber alguna atenuante. Sin embargo, fue descartado.

“El tribunal de la instancia, al desestimar la concurrencia de la atenuante en análisis, indica latamente en el considerando décimo sexto los motivos de su decisión, haciendo un análisis pormenorizado acerca de la conducta del encartado durante la investigación y el juicio, concluyendo que no ha habido colaboración alguna, como exige la norma que se indica como infringida”, señaló el fallo.

A esto se agregó que “más aún, el referido imputado sólo declaró durante el juicio, esto es, cuando la investigación estaba concluida, y señala que cuando disparó no se dio cuenta que había impactado a la mujer”.