Un corte de energía eléctrica se registró durante la tarde del domingo en cinco comunas de la región Metropolitana. Cerca de 250 mil viviendas se vieron afectadas en zonas como Providencia, Las Condes, Vitacura, Lo Barnechea y Huechuraba.

Según indicaron desde Enel, empresa responsable de entregar el suministro eléctrico,el corte de luz fue provocado por la acción de terceras personas debido a que habría encontrado rollos de cable de telecomunicaciones incendiados por terceros.

Pese a la explicación, el alcalde de Las Condes, Joaquín Lavín, encaró a la empresa a través de sus redes sociales ante este nuevo corte de energía que afectó a su comuna.

“¿Qué tal si aprovechamos el momento para que los 4 mil vecinos de Las Condes que hace 1 año firmaron la demanda colectiva por corte de luz reciban por fin su compensación?”, preguntó Lavín a través de su cuenta de Twitter.

A esto añadió que “además del corte perdieron artefactos, alimentos, remedios y trabajos. Y ustedes nada”.

Demanda Colectiva

Esta demanda colectiva fue presentada por municipios de Las Condes, Lo Barnechea, La Florida, Vitacura y Estación Central por los perjuicios que sufrieron los vecinos debido a cortes de energía prolongada que se registraron el 16 de junio y el 15 de julio por sistemas frontales.

Esta acción judicial sigue en trámite. Joaquín Lavín señaló que “hasta ahora han rechazado la propuesta que hicimos, un pago de alrededor de $600 millones a cuatro mil vecinos de Las Condes que perdieron artefactos, medicamentos, trabajo. Ese es nuestro foco principal, porque se cumple un año y quince días de la nevazón (15 julio) y un año exacto de la demanda colectiva”, según consignó La Tercera.

“La gente de Las Condes está muy molesta: no ha habido avances en la demanda colectiva, y además los cortes de luz han sido reiterados, como el de ayer”, agregó Lavín.

La acción se encuentra en trámite el Séptimo Juzgado Civil de Santiago. El Servicio Nacional del Consumidor señaló que “la continuidad en la prestación del servicio es parte sustancial de las obligaciones contraídas por parte de la empresa privada que por este acto se demanda y dicho servicio permite el desarrollo normal de la vida cotidiana de los consumidores”.

“Los que por su parte, y, a cambio de la prestación del mismo, se obligan a pagar el respectivo precio o tarifa el que, de no materializarse, acarrea sanciones para aquellos, como lo es ni más ni menos, la suspensión del servicio que, no podemos dejar de dimensionar, tiene el carácter de servicio básico y elemental”, agregó..