La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección que fue presentado en contra de la isapre Nueva Más Vida por no otorgar cobertura al tratamiento de cáncer de una afiliada.

En fallo unánime, la Séptima Sala del tribunal de alzada consideró que existió un actuar arbitrario de la aseguradora Nueva Más Vida al no otorgar cobertura al medicamento Ibrance. Dentro del fallo, se explica que Más Vida pasó por una delicada situación económica por lo que fue vendida y le solicitó a Nueva Más Vida que le diera continuidad al pago de los medicamentos.

Sin embargo, el medicamento Ibrance no tenía cobertura con Nueva Más Vida, pese a que su antecesora se había accedido a cubrir el 80% del medicamento. “Al no hacerlo, la isapre ha incurrido en ilegalidad”, señalaron en el fallo.

En el escrito además ordenaron que Más Vida entregue la cobertura de este medicamento.

“La relación entre la recurrente e Isapre Nueva Más Vida importa dar trascendencia a una cobertura extracontractual y voluntaria que ya existía con la antigua isapre para el tratamiento de su enfermedad. En este escenario fáctico, se aprecia que la actuación de la Isapre de restringir unilateralmente aquello que se había comprometido a cumplir, sin justificación alguna, se torna en arbitrario como también en ilegal”, agregaron.

La resolución judicial además indica que esta decisión va en contra del derecho a la vida. “Existe una vulneración al derecho a la vida, precisamente por la necesaria mantención de cobertura del medicamento base del tratamiento del cáncer que padece la recurrente”.