Unánime fue el fallo de la Corte Suprema que condenó al Hospital Experimental Padre Hurtado a pagar una millonaria indemnización a extrabajadora, quien adquirió enfermedad profesional por contacto con agentes cancerígenos.

En total, $28.973.819 deberá desembolsar el centro asistencial para compensar el daño causado a la tecnóloga médica Virginia Elizabeth Duclos Díaz de la Vega, luego de establecer la responsabilidad del hospital por no mantener las condiciones de seguridad y salubridad que protegieran la vida y salud de la profesional, que desarrolló cáncer vesical.

Según lo dictado por la Tercera Sala del máximo tribunal, la indemnización se desmenuza en $3.973.819 por daño emergente y $25 millones por daño moral.

El empleador se constituye en deudor de seguridad de su personal, lo cual significa exigir la adopción de todas las medidas correctas y eficientes destinadas a proteger su vida y salud“, sostiene el fallo.

En este plano, agrega que “la disposición que envuelve el apotegma rector en materia de obligaciones de seguridad del empleador, en armonía con el artículo 68 de la ley N° 16.744, pone también de cargo del empleador probar el acatamiento de este deber legal de cuidado si el accidente ha ocurrido dentro del ámbito de actividades que están bajo su control”.

La resolución añade que el hospital “no cumplió con proporcionar un lugar de trabajo que protegiera la vida y salud de la actora, porque pese a que en las labores desplegadas en el Laboratorio de Anatomía Patológica significaban que aquella estuviera en contacto con agentes cancerígenos, no mantuvo un sistema de ventilación adecuado”.

Virginia ingresó a trabajar al Hospital Experimental Padre Hurtado en junio de 2007, incorporándose a la unidad de anatomía patológica. En junio de 2009 fue diagnosticada con cáncer vesical y una patología psiquiátrica. Ambos diagnósticos fueron calificados de origen laboral en octubre de 2012 por la Superintendencia de Seguridad Social.