La Corte Suprema acogió el recurso de protección presentado en contra de la dirección de obras de la Municipalidad de San Miguel que no acogió a tramitación solicitud de anteproyecto de construcción de edificios en la comuna.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal estableció el actuar arbitrario de la repartición pública, la que deberá recibir la solicitud de aprobación de anteproyecto y “emitir un pronunciamiento a su respecto, como en derecho corresponde”.

El fallo sostiene que la negativa de la Dirección de Obras Municipales resulta ilegal, “puesto que la norma de la Ley General de Urbanismo y Construcciones en que sustenta su actuar, en ningún caso impide el ingreso de la solicitud, sino que lo que pretende es la no concesión de los permisos durante el período que dura la postergación o congelamiento territorial”.

“Es dable también subrayar que el ingreso de la solicitud referida no es más que el ejercicio del derecho de petición que tiene su consagración en la Carta Fundamental y, que no establece condicionamiento alguno para requerir una respuesta de la autoridad, más que dirigirse de manera respetuosa, situación que en la especie tiene plena aplicación”, sostiene el fallo.