La Corte Suprema condenó al supermercado Líder a pagar una indemnización de cinco millones de pesos al propietario de un camión, a quien le robaron un vehículo en el estacionamiento del local comercial.

El hecho se produjo el 28 de septiembre de 2014, cuando la conductora de un camión Kia estacionó su vehículo en el supermercado Líder de la comuna de Cerrillos e ingresó al local comercial.

Tras realizar las compras y volver al camión, la víctima se dio cuenta que este ya no estaba y que había sido robado.

Ante esto se denunció la situación ante Carabineros y se informó al supermercado, el que no quiso hacerse responsable por el robo.

Producto de esto, el dueño del camión interpuso una demanda contra la cadena, donde se deduce el incumplimiento de contrato con indemnización de perjuicios.

La parte demandante solicitó una indemnización por el daño emergente y moral, solicitando una suma total de casi 20 millones.

Ante esto, en un fallo unánime la Corte Suprema ordenó a la empresa a indemnizar al dueño del vehículo por un monto total de cinco millones.

En el dictamen el tribunal establece que “en el caso de autos el depositante del vehículo en los estacionamientos de la demandada si bien no pagó por el uso del estacionamiento, para Supermercados Líder contar con lugares para el aparcamiento de automóviles forma parte de los servicios ofrecidos y constituye una forma de captar clientes a fin de facilitar las compras para los consumidores, por lo cual experimenta una ganancia asociada a su rol de distribuidor de bienes y servicios, lo que no lo exonera de dar cumplimiento a todas las obligaciones que le impone el contrato de depósito”.