La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el fallo del Séptimo Juzgado Civil de Santiago que rechazó una demanda por discriminación presentada por un estudiante de derecho de la Universidad Finis Terrae en contra de la casa de estudios por no aprobar su examen de grado.

En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal rechazó la acción por Ley 20.609 al considerar que no hubo actuar arbitrario de la comisión que examinó por cuarta vez al estudiante de derecho y que reprobó su examen de grado.

El demandante, egresado de Derecho, acusó que “mientras rendía su examen, la señora Vivanco le hostigó e interrumpió en diversas oportunidades, presionándolo y apurando sus respuestas”.

“En relación a los hostigamientos durante la interrogación invocados, pese a que no son el fundamento directo de la pretensión, también deben descartarse, pues del registro de audio se desprende que la profesora Vivanco sólo intervino para orientar al alumno en sus respuestas”, determina el fallo.

El demandante acusaba que “habiendo aprobado su examen de grado”, correspondía la deliberación de la comisión para determinar la nota, cuando la directora de escuela, en un acto que calificó como arbitrario y discriminatorio, manifiesta ser contraria a aprobarlo por tratarse de una persona no idónea.

La parte demandada en tanto, sostuvo que jamás lo aprobó, y que durante su transcurso del examen no demostró tener los conocimientos exigidos para su aprobación, dando respuestas erróneas, contradictorias, sin mayor desarrollo, muchas de ellas con monosílabos e interrumpiendo a los profesores al momento de efectuar las preguntas.

Tomando en cuenta el audio del examen, el tribunal respaldó la posición de la Universidad, señalando que “no aparece de manifiesto la consideración de elementos extraacadémicos” en su reprobación.