La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad presentado en contra de la sentencia, dictada por el Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, que condenó a Claudio Morales Quintana a la pena de 10 años de presidio, en calidad de autor del delito de homicidio de Patricio Hernández Hernández.

El ilícito fue perpetrado en febrero de 2014, en la comuna de Renca.

En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada, descartó infracción de ley en la sentencia recurrida, pronunciada el 7 de noviembre pasado.

“(…) no resulta efectivo lo expresado por el recurrente en orden a que la consideración del factor relativo a la mayor extensión del mal causado resultaría improcedente en la determinación de la pena a imponer al acusado, por cuanto ello importaría una segunda consideración de elementos propios del delito ya tenidos en cuenta por el legislador, pues lo cierto es que tales circunstancias no forman parte del tipo penal y por ende no fueron atendidas por el juez para determinar la sanción aplicable al ilícito, ni el grado de la misma”, sostiene el fallo.

La sentencia de primera instancia dio por estableció que aproximadamente a las 23.15 horas del 12 de febrero de 2014, “en las inmediaciones de la intersección de las calles Volcán Aconcagua con María Elena, comuna de Renca, el imputado, quien transitaba como copiloto en un automóvil, efectuó múltiples disparos con un arma de fuego corta, impactando en una ocasión a don Patricio Hernández Hernández, quien se encontraba en la vía pública provocándole un hemitórax que le ocasionó la muerte”.