El seremi de Salud de la Región Metropolitana, Carlos Aranda, fiscalizó durante esta mañana dos piscinas de edificios y condominios de la capital, para constatar el cumplimiento de la normativa sanitaria en estos recintos de alta concurrencia, debido a las altas temperaturas y el inicio de las vacaciones de los escolares.

Las piscinas de edificios y condominios son denominadas como “de uso restringido”, en esta denominación se incluyen además las de hoteles, establecimientos educacionales, gimnasios e instituciones que son destinadas al uso exclusivo de un grupo reducido de personas.

Existen alrededor de 1.000 piscinas de edificios y condominios, además de otras 500 de uso público y público restringido (distintas a las de comunidades de copropiedad).

La autoridad sanitaria estableció las distinciones que tiene la fiscalización a las piscinas de “uso público” -como lo son las piscinas municipales- con las de “uso restringido”.

“Toda piscina debe tener una resolución sanitaria para funcionar. Existen algunas diferencias en las exigencias que realizamos, por reglamento. Las de uso restringido no están obligadas de contar con un salvavidas o con personal que atienda en la sala de primeros auxilios de forma permanente. Eso sí, las piletas de condominios deberán tener un reglamento interno de seguridad que se encuentre a la vista, el que deberá considerar un responsable de la mantención, de su higiene y seguridad”, dijo.

Además, el seremi destacó que la correcta implementación de los artículos de seguridad, que por normativa deben estar presentes en las piscinas, pueden marcar la diferencia frente a una emergencia. “Sólo se necesitan 27 segundos bajo el agua para que un niño pierda la vida. Hacemos un llamado a revisar si la piscina en nuestro edificio cuenta con las medidas mínimas que exige la normativa. Es tarea de la administración implementarlas”, sostuvo.

Aranda entregó en detalle los elementos que son fiscalizados por la autoridad sanitaria como que la calidad del agua de la pileta cumpla con rangos de transparencia y el cloro libre residual de 0,5 a 1,5 ppm. Además, todo recinto debe contar con cerca o reja perimetral, lavapiés, duchas (cortina de agua), franja reservada para la circulación de bañistas y escaleras a ambos lados de la parte más profunda de la pileta.

En torno a la seguridad, las piscinas de condominios deben contar con elementos como cuerda, pértiga, camilla portátil y cinturón salvavidas. También, debe estar demarcada la profundidad a ambos lados de la pileta. “Es importante que la sala destinada a la atención de primeros auxilios, cuente con elementos necesarios para la atención: camilla, frazadas, cuello ortopédico y respirador manual (ambú)”, precisó la autoridad.

El seremi precisó que las piscinas de edificios son las más utilizadas por los niños durante sus vacaciones de verano, por lo que deben contar con todas las medidas de seguridad, ya que esto puede hacer la diferencia entre la vida y la muerte.

En el operativo, se prohibió el funcionamiento de una piscina en un edificio de Santiago Centro, debido a que las mediciones de cloro libre residual y PH resultaron sobre la normativa.

Además, se constató el consumo de bebidas alcohólicas en el recinto, tampoco contaba con resolución sanitaria, reglamento interno y sala de primeros auxilios.

Las denuncias pueden ser ingresadas a la página web de la Seremi de Salud o en Salud Responde al número 600 360 7777.

Durante esta temporada de piscinas 2015-2016 fueron fiscalizadas un total de 95 piscinas de uso público y restringido, cursando 24 sumarios sanitarios.