En prisión preventiva quedó un hombre acusado de abandonar a su madre de 70 años, quien permaneció al menos 12 días sin comer, sin hidratación y con hipotermia al interior de su propio domicilio.

La mujer estaba en la vivienda junto a uno de sus hijos, quien se encontraba postrado, hasta que gracias al auxilio y alerta de vecinos, personal del SAMU pudo llegar y trasladarlos a un centro asistencial.

Al momento, ambos permanecen internados en el Hospital Regional de Talca, y la mujer de avanzada edad se mantiene con riesgo vital.

Por este caso, Ricardo Antonio Martínez, el otro hijo de la mujer, fue formalizado este viernes por la fiscalía en el Juzgado de Garantía de Talca. Pese a que la defensa negó que se tratara de abandono, la jueza, Marta Asiaín, determinó prisión preventiva para el detenido.

“Carabineros llegó al domicilio de la víctima junto con personal del SAMU. Se encontró a la madre del imputado y a un hermano en condición de abandono, con lesiones de carácter grave. Fue formalizado hoy (viernes) por el delito de abandono de ascendiente, en este caso su madre, y también a su hermano que se encontraba postrado”, explicó el fiscal, Marcelo Albornoz.

El caso criminal se trata de un delito flagrante en el que el hijo, Ricardo Martínez, fue formalizado en calidad de garante de su madre y hermano. El abandono puede ser de ascendiente, descendiente o persona desvalida o postrada, causando muerte o lesiones graves, especificó Albornoz. La condena mínima por este delito es de cinco años y un día, según lo establece el artículo 352 del Código Penal.

Defensa rechaza abandono

En la audiencia, la defensa del imputado, ejercida por la abogada Alexandra Acevedo, de la Defensoría Penal Pública, rechazó que a Martínez se le formalizara por el delito de abandono a ascendiente, porque según los testimonios recogidos entre parientes, el hijo aparentemente cuidaba de su madre, pero ella solía ser agresiva y se habría negado a recibir ayuda. Además, resaltó la defensora, la mujer adulta mayor no estaba postrada.

Era demasiado agresiva. Yo la iba a ver a la casa y ‘pescaba’ el bastón y me pegaba. Ella no dejaba a nadie entrar a la casa ¿Cómo la íbamos a ayudar? Fuimos a la municipalidad, a distintas partes a pedir ayuda y nadie nos abrió las puertas. Ricardo tiene su pareja y sus hijos. Entonces, cómo la iba a poder cuidar si tenía que salir a trabajar”, argumentó Ricardo Martínez Gacitúa, tío del imputado.

Por otro lado, la defensa acusó a las instituciones públicas de no haber atendido los llamados tanto del hijo, como de otros parientes, en búsqueda de atención para la mujer. Estos elementos son parte de la investigación, aseguró el fiscal. No obstante, más allá de las acciones del sistema público, subrayó la responsabilidad recae en el hijo en primer lugar.

“Es evidente que, como dijo la magistrada, que hay una situación social también, pero la ley establece que la responsabilidad primordial es la del pariente, independiente de que la sociedad o los servicios públicos deben tomar cartas en el asunto, la primera responsabilidad es de los parientes o personas cercanas”, dijo Albornoz.

Atención Primaria

Al respecto, la directora del Centro de Salud Familiar Faustino González, Arlen de Bonadona, explicó que “nos acercamos junto con Carabineros al sitio y pudimos constatar que, efectivamente, estaba una adulta mayor de 70 años y su hijo, con un deterioro cognitivo importante, en evidente abandono. Al ingresar al domicilio, también pudimos dar cuenta que la señora tenía lesiones. Había abandono y maltrato del adulto mayor”.

Por lo grave de la situación, Bonadona alertó sobre la importancia del respeto y cuidado al adulto mayo: “Creo que es importante hacer un llamado a los vecinos a denunciar estos hechos de abandono, de maltrato. Hay que cuidar a nuestros adultos mayores, no abandonarlos es responsabilidad de las instituciones y de toda la sociedad. Encontrar estos casos es una situación muy límite”, indicó.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)