Nuevos antecedentes han salido a la luz por parte de la Fiscalía de Talca, por el caso de la detención de dos de las bandas de narcotraficantes más peligrosas del país.

En esta oportunidad, el fiscal Francisco Soto calificó como un centro de poder el rol que jugaba Gabriel Gutiérrez, alias “El Morocho, en calidad de cabecilla de una de las bandas. En la instancia, dio a conocer que el líder habría compartido los bienes del grupo delictual, con el fin de resguardad la continuidad de la organización, en caso de ser detenido.

Dinero, armas y drogas fueron dejadas en manos de terceras personas, eso sí, de extrema confianza. Por este motivo, cuando la PDI de Talca registró la vivienda de su hermano y madre, en la Villa Las Américas, se incautó un total de cuatro millones de pesos. Las armas y drogas, estaban en las casas de los familiares de sus “soldados” y “perros”.

El pago de defensa legal

El fiscal precisó al medio El Centro, que el rol de Gutiérrez iba aún más allá. Por su cuenta pagaba la defensa legal de César Cáceres, Álex Mora y Samuel Córdova, sus brazos operativos. Todos en prisión preventiva por el homicidio frustrado de un familiar de Pamela Loyola, líder de la banda rival.

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Luego de la fundamentación de los argumentos de la investigación, por parte de los fiscales, se procederá a los siete abogados defensores de los 35 imputados.

Detenidos y medidas cautelares

En la audiencia el fiscal Soto adelantó que cuando termine de fundamentar la formalización de la investigación, solicitará la prisión preventiva de 26 de los 35 imputados en la “Operación Hermandad”.

Estas personas se encuentran detenidas bajo custodia en Gendarmería. Mientras que los nueve restantes cumplen medidas cautelares.

La segunda sala penal de la Corte Suprema, confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Talca, rechazando el recurso de amparo entablado por la Defensoría Penal Pública, en favor de los 35 imputados.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)