La Corte de Apelaciones de Concepción declaró admisible el recurso de la Cámara de Comercio, denunciando como ilegal y arbitraria la prohibición de funcionamiento para pequeños y medianos locales, a diferencia del tratamiento que se da a los supermercados, grandes tiendas e incluso los llamados mall chinos.

La discriminación, sostiene el abogado de los comerciantes, Rodrigo Campos, radica en que los mismos productos que venden los locales afectados, son comercializados y adquiridos en los grandes establecimientos, y por eso el recurso de protección contra los ministerios del Interior, de Defensa y de Salud.

Al admitir a trámite la acción legal, la Corte de Apelaciones ofició a las reparticiones de Gobierno denunciadas para que en un plazo de 10 días entreguen sus descargos, tras lo cual el tribunal debería resolver si mantiene la clausura de los pequeños emprendimientos o acoge el recurso y concluye que la disposición sanitaria es discriminatoria.

Sin embargo, hay que decir que ya los jueces dieron una señal contra la Cámara de Comercio al rechazar la orden de no innovar que se solicitaba, en cuanto a permitir que mientras se tramita la acción constitucional se permita el funcionamiento de los locales comerciales.