La Corte Suprema ordenó al Ministerio de Obras Públicas (MOP) restituir a su dueña un paño utilizado ilegalmente para el mejoramiento del camino que une Chiguayante con Hualqui. La resolución no se refiere a la forma de cumplimiento del fallo, entendiéndose que lo que el Fisco debe hacer es expropiar la faja.

Fue el año 2012 cuando el Ministerio de Obras Públicas entregó a una empresa contratista el proyecto de reposición de la Ruta 0-60 que va a orillas del río Bío Bío desde Chiguayante a Hualqui.

El 2014 Sonnia Mendel Rodríguez denunció que sin una expropiación previa, un paño de 1.065 metros cuadrados de su predio fue ocupado por la constructora, que a su vez taló los árboles que allí había.

Y esa ilegalidad la confirmó la Corte Suprema, al revocar dos fallos del Juzgado Civil y de la Corte de Apelaciones de Concepción, obligando al Fisco a la devolución de la faja hoy parte de la carretera, informó el abogado Renato Fuentealba.

Además, el abogado de Sonnia Mendel agregó que la sentencia acreditó que de parte de la empresa contratista hubo un daño a la propietaria y por eso decretando el pago de una millonaria indemnización.

Desde la Dirección de Vialidad del MOP Bío Bío se indicó que el caso trata de un proceso de expropiación, a través del cual se cumpliría el fallo para reparar a Sonnia Mendel, sin tener mayores antecedentes pues la representación está a cargo del Consejo de Defensa del Estado.