La Corte de Apelaciones respaldó a la Municipalidad de Arauco en la restricción impuesta para el funcionamiento del comercio tras el inicio de la pandemia, al rechazar un recurso de protección presentado por el supermercado Unimarc, que denunció como ilegal y arbitrario el horario de cierre a las 16:00 horas.

En la sentencia, el tribunal de alzada penquista estableció que los alcaldes y el concejo están facultados por la ley para “disponer a través de ordenanzas los horarios diferenciados de acuerdo a las características y necesidades de las distintas zonas de la comuna…”, argumento con el que fue desechada la acción legal.

Señalar, además, que la restricción horaria denunciada por la cadena de supermercados ya no rige en Arauco, al haber sido dejada sin efecto hace unas semanas, por lo que la justicia invocó ese antecedente también para rechazar el recurso de protección.

En el mismo libelo, Unimarc solicitaba dejar sin efecto tres multas cursadas por el municipio de Arauco, al no haber respectado el supermercado la restricción horaria durante la vigencia de la ordenanza, aspecto sobre el cual la Corte de Apelaciones no se pronunció al señalar que la discusión ya está en el Juzgado de Policía Local, por lo que será ahí donde se dirima ese conflicto.