La Corte Suprema rechazó el recurso de protección interpuesto por la empresa que actualmente arrienda las dependencias de la fábrica Bellavista Oveja Tomé contra la recomendación del Consejo de Monumentos Nacionales de declarar su emblemático edificio un Monumento Histórico.

Este fallo ratifica que la formulación de dicha recomendación “no constituye un acto terminal que prive de derechos a los recurrentes”.

Calificó además este paso como intermedio o preparatorio, que no es una decisión que cambie el estado de las cosas.

La decisión fue bien recibida desde el municipio, donde el alcalde Eduardo Aguilera indicó que el siguiente paso a seguir será trabajar para que el edificio llegue a ser administrado por la comuna y utilizado como espacio de reunión y recreación para los vecinos.

El fallo fue unánime en la Tercera Sala de la Corte Suprema, que justificó el actuar del CMN en respuesta a una solicitud del Ministerio de Educación para que se pronunciara sobre el tema.