Ante la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción se alegó el recurso de nulidad presentado por la Fiscalía, en contra del fallo que condenó por cuasidelito de homicidio al conductor de un taxibús, que al abrir la puerta permitió que una pasajera cayera y perdiera la vida.
El Ministerio Público argumenta que el Tribunal Oral penquista no consideró toda la prueba presentada en el juicio contra Fernando Irribarra, principalmente el peritaje de la SIAT de Carabineros que analizó el caso y la conducta del chofer que permitió a Sandra Vergara caer y azotar fatalmente su cabeza en el pavimento.
La Fiscalía había acusado a Irribarra por homicidio, al establecer que en lo ocurrido hubo dolo de parte del conductor. Los jueces, sin embargo, recalificaron el ilícito, estimando que se trató de un accidente y de ahí que lo condenara por cuasidelito de homicidio a 541 días de pena remitida.
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La sentencia con la resolución será entregada por el tribunal de alzada el próximo 4 de agosto, cuando se conocerá si se confirma el fallo o se acoge el recurso de nulidad y se ordena un nuevo juicio.