Agrupaciones sociales y ambientales celebraron el fallo de la Corte Suprema que ordena adoptar 15 medidas de forma inmediata a las autoridades y empresas por los episodios de contaminación en Quintero y Puchuncaví, que perjudicaron a más de 700 personas –principalmente niños, niñas, adolescentes y adultos mayores- entre agosto y septiembre de 2018.

La presidenta del Consejo Consultivo Ciudadano del hospital Adriana Cousiño de Quintero, María Araya, aseguró que por el mal manejo de la crisis las autoridades cuestionadas debieran renunciar.

En efecto, la resolución del máximo tribunal señala que éstas incurrieron en omisiones, entre ellas la falta de diligencias en el cumplimiento de sus obligaciones de parte de los ministerios de Medio Ambiente, del Interior, de Salud (junto a la Seremi del ramo en Valparaíso) y la Onemi.

Desde el Movimiento por la Infancia de Quintero, Manuel Pizarro refutó a las autoridades en cuanto a que las medidas decretadas por la Corte Suprema para mitigar el daño a la salud de las personas ya se estén aplicando.

En ese sentido destacó que mediciones oficiales de las estaciones de monitoreo registradas en las últimas semanas han arrojado índices de dióxido de azufre por sobre lo permitido. Asimismo, asegura que falta que la Intendencia de Valparaíso o la Seremi de Salud alerten cuando se dan estos peaks.

Derecho a vivir libres de contaminación

Kata Alonso, vocera de Mujeres en Zona de Sacrificio valoró la contundencia del fallo, que establece que se infringieron los derechos de los habitantes de la zona, al afectar su integridad física y psíquica, así como su salud, su vida y su derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

“Si este plan se implementara tal como lo dicta la Corte Suprema podríamos vivir por fin en un ambiente limpio y libre de contaminación”, aseveró.

Ente las medidas más relevantes dispuestas en el fallo de la Corte Suprema que acogió los recursos de vecinos de Quintero y Puchuncaví, destacan que deben determinarse los contaminantes que los afectaron y afectan, teniendo que efectuar a la brevedad los estudios y acciones pertinentes para ellos.

Ya identificados, la autoridad de salud tiene que implementar medidas para el resguardo de la población afectada, incluyendo la elaboración de un diagnóstico que permita determinar las patologías producidas por la contaminación del aire, del suelo y del agua.

También un monitoreo permanente en el tiempo de los afectados por la nube tóxica e implementar un sistema de seguimiento de los casos para verificar la prevalencia y supervivencia de esas patologías. Además, adoptar medidas de vigilancia epidemiológica en la zona de emergencia.

Una vez completado el diagnóstico, tendrá que elaborar y poner en ejecución programas sanitarios específicos.