La no acreditación de la peligrosidad y pureza de la marihuana inacautada a Carlos Correa Adasme, motivó que la Corte Suprema anulara la sentencia condenatoria contra el hombre, detenido en Rodelillo, Valparaíso, en septiembre de 2016 por microtráfico del estupefaciente y sentenciado a 541 días de presidio.

Así lo estableció la segunda sala del máximo tribunal del país que, en fallo dividido, acogió el recurso de nulidad presentado por la defensa del condenado, estableciendo que la decisión del tribunal de primera instancia fue tomada sin la necesaria acreditación de la lesividad de la marihuana incautada al sujeto.

La Corte arguyó que “el informe, regulado en el artículo 43 de la Ley N° 20.000, no estableció la pureza o concentración de la droga, sino únicamente la presencia del estupefaciente, resulta imposible determinar si ella tiene o no idoneidad o aptitud como para producir graves efectos tóxicos o daños considerables en la salud pública”.

Asimismo, el tribunal afirmó que para mantener la sentencia era necesario contar con dicha documentación que debe expresar “la composición y grado de pureza del producto examinado”, situación que no fue realizada lo que motivó la anulación de la sentencia contra Correa Adasme.