El Tribunal Constitucional (TC) emitió un inédito fallo en torno a la denominada Ley Emilia en uno de sus artículos mas importantes. La obligación de cumplir un año de prisión a los conductores que sean condenado invocando este cuerpo legal, es inconstitucional.

La solicitud de pronunciamiento la realizó el abogado Juan Carlos Manríquez, a partir de un caso ocurrido en San Antonio en 2014, donde un conductor fue condenado tras dar muerte a un peatón en un cruce señalizado con “ceda el paso” y luego retirarse del lugar.

El abogado argumentó que aplicar una pena de esta naturaleza para los casos que invoca la Ley Emilia obliga por el principio de proporcionalidad a hacerlo también en otros delitos de mayor gravedad, por lo que no era aplicable, dijo el legista.

“Incluso esa limitación para gozar de beneficios no rige para otros delitos de mayor gravedad, esto no significa que la conducta de conducir un vehículo en estado de ebriedad, con las consecuencias nefastas que ello tiene, sea legitimada por el Tribunal Constitucional”, aseguró.

Manriquez agregó que en este caso acotado, además se invocó la ley a un conductor que no conducía en estado de ebriedad, por lo que el Tribunal lo consideró desproporcionado.

En declaraciones al diario La Tercera, Carolina Figueroa, presidenta de la Fundación Emilia, dijo que el fallo es recibido “con preocupación” porque puede marcar un precedente para casos futuros, puntualizó.