En prisión preventiva al interior del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique y custodiado por funcionarios de Gendarmería, quedó Jaime Dávila, quien la mañana de este jueves apuñaló 15 veces a su exconviviente.

El ataque se produjo en el patio del mencionado recinto, donde la mujer desempeña en labores administrativas.

Tras la agresión, la víctima fue atendida en el mismo hospital y actualmente permanece conectada a un ventilador mecánico con riesgo vital.

La audiencia de control de detención del imputado se concretó este viernes, precisamente, al interior del centro hospitalario, donde el hombre de 52 años permanece internado tras provocarse heridas cortopunzantes luego de intentar asesinar a su expareja.

La fiscal a cargo del caso, Karen Gómez, relató que el sujeto será acusado de homicidio frustrado y de desacato, arriesgando una pena de hasta 25 años de cárcel.

“Él queda en prisión preventiva en el hospital al cuidado de Gendarmería (…) en este caso, tratándose de un delito frustrado, la pena -para juicio del Ministerio Público- sería de 10 años y un día a 20 años por el delito de femicidio“, dijo la persecutora, agregando que se podrían sumar 5 años más por el delito de desacato.

Esto último, porque el agresor tenía prohibición de acercarse a la víctima luego que anteriormente provocara lesiones menos graves a la mujer.

Además, desde el hospital informaron que la mujer está consiente y ha evolucionado positivamente, por lo que en las próximas horas podría salir de riesgo vital.

“La paciente se encuentra en la UCI. Está recuperándose progresivamente y en etapa de salida de ventilación mecánica”, detalló a La Radio el director del Hospital Regional de Iquique, Raúl Romero.

También se conoció que sobre Jaime Dávila pesaba una orden de detención pendiente, pues no se presentó a una audiencia judicial del pasado lunes en la que había sido requerido.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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